sábado, abril 07, 2012

La intervención de la DC en el debate del Senado

Ante la publicación que me remitiera el señor Capitán Arango Vásquez, donde se refirió a la intervención de la Defensa Civil en el debate de la Ley de Bomberos, visité la página de la Defensa Civil http://www.defensacivil.gov.co/publicaciones.php?id=35120 y allí encontré el siguiente texto:



Bogotá, 28 de Marzo de 2012. En el día de ayer se realizó el debate en la Comisión Primera del Senado. La Defensa Civil Colombiana hizo las siguientes objeciones:

1. Que la ley no excluya a la Defensa Civil Colombiana, la cual maneja los incendios forestales a nivel nacional, con más de 100.000 líderes voluntarios.



2. Que la Defensa Civil Colombiana no sea excluida por la ley en el manejo de materiales peligrosos, control de abejas y eventos masivos. Temas en los cuales los Bomberos pretenden hacerlo en forma autónoma.

3. La ley obliga a las CAR a realizar convenios y contratos solamente con los Bomberos, para manejar todo lo que afecta el medio ambiente. Con esto se excluiría a la Defensa Civil Colombiana de la atención de las Olas Invernales.

Se acordó una mesa de concertación entre el Ministerio del Interior, Defensa, Gestión del Riesgo y Bomberos, para llegar al debate de la Plenaria del Senado, con una adecuada concertación.

El Director de la Defensa Civil Colombiana MG. Jairo Duván Pineda Niño, intervino ante la Comisión del Senado para explicar, que de salir la ley con las exclusiones mencionadas anteriormente, se perjudicaría enormemente el país. Además afirmó que el hecho de fortalecer una entidad como los Bomberos, no puede perjudicar a otras entidades y al Sistema Nacional de Atención de Desastres.


Al punto primero habría que decirle al señor Director de la Defensa Civil que la Ley Bomberil no puede excluir a la Defensa Civil simplemente porque se trata de una Ley que va a regular la actividad de los bomberos de Colombia, entonces, cúal exclusión?

Eso sería igual a que los bomberos de Colombia quisiéramos que se nos tuviera en cuenta en la Ley de la Defensa Civil Colombiana porque atendemos situaciones de desastre o que quisiéramos que se nos contemplara en la ley que rige la actividad de los controladores aéreos o en la Ley que regule las actividades de los distribuidores de combustibles o situaciones similares. La Ley que crea la Dirección Nacional de Bomberos de Colombia no puede incluir a la Defensa Civil ni a la Cruz Roja, así se diga que en momentos nuestras acciones se puedan entrecruzar.



Al punto segundo es necesario decirle al señor Director de la Defensa Civil que mire la página web de su entidad, y abra el link FUNCIONES, allí se lee:

Funciones

• Ejecutar o participar en planes, programas, proyectos o acciones específicas de prevención o atención de desastres que le correspondan desde el ámbito de su competencia como integrante del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres.

• Realizar labores de Búsqueda y Rescate, Primeros Auxilios, establecer el sistema inicial de clasificación de heridos (triage); transporte de heridos y apoyar las acciones de seguridad del área de desastre.

• Colaborar con las autoridades en actividades cívicas que contribuyan a la conservación de la seguridad interna y al mantenimiento de la soberanía nacional.

• Realizar o participar en actividades civico-promocionales tendientes a fortalecer la Defensa Civil, el civismo, el deporte y la participación comunitaria.


Dentro de esas precisas cuatro funciones no se lee “manejo de materiales peligrosos, control de abejas y eventos masivos”. Entonces si quiere que la Defensa Civil pueda incursionar en esas actividades debe primero buscar la reforma de la Ley por medio de la cual se creó esa entidad, porque esa actividad nunca fue contemplada para ellos.



Al punto tercero podría aplicarse lo dicho respecto del punto segundo, pero agregando que el texto de la ley no prohíbe a las Corporaciones Autónomas que hagan algún tipo de convenios con la Defensa Civil, simplemente le exige que colabore con los Cuerpos de Bomberos para la atención de incendios forestales. En ningún momento se contempla allí una prohibición que pueda afectar a la Defensa Civil.



En cuanto al inciso final, no es cierto que “de salir la ley con las exclusiones mencionadas anteriormente, se perjudicaría enormemente el país” porque la ley de bomberos no hace ninguna exclusión, simplemente regula la actividad de los Bomberos de Colombia y “el hecho de fortalecer una entidad como los Bomberos” en ningún momento “puede perjudicar a otras entidades y al Sistema Nacional de Atención de Desastres”, esa es una afirmación que denota envidia y “mala sangre”. Si se fortalecen los Cuerpos de Bomberos de Colombia gana el país porque tendrá bomberos en absolutamente todos los rincones de Colombia y los bomberos haremos nuestra actividad de manera callada y abnegada como lo hicimos en los últimos cien años de olvido y desatención, de tal manera que los miembros de la Defensa Civil se seguirán llevando los aplausos y el protagonismo, que al parecer es lo que le quita el sueño al señor General en retiro.



De otra parte, es una acto de absoluta mezquindad que la Defensa Civil pretenda pellizcar el presupuesto de los Bomberos, porque precisamente en su página me encontré la información que transcribo:

2.2.6. Ejecución Presupuestal






De acuerdo con la Ley 1420 del 13 de Diciembre de 2010, por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º. de enero al 31 de diciembre de 2011, apropio a la Defensa Civil Colombiana para atender los gastos de funcionamiento e inversión, la suma de VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS ($21.619.845.000) Moneda Corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:


(Resaltado y subraya fuera del texto original)


A. FUNCIONAMIENTO $19.974.845.000


Aporte de la Nación $17.255.645.000 86%


Recursos Propios $ 2.719.200.000 14%


C. INVERSIÓN $ 1.645.000.000


Aporte de la Nación $ 645.000.000 39%


Recursos Propios $ 1.000.000.000 61%


En la vigencia 2011, la ejecución presupuestal fue del 74,6%, el 25.4% no ejecutado corresponde a partidas que se asignan como provisión para eventuales compromisos que pueda tener la entidad en Sentencias y Conciliaciones, Bonos Pensiónales y compromisos con los funcionarios en lo referente a Cesantías Parciales y Definitivas.


De igual forma, en los Ingresos corrientes el porcentaje de ejecución, se vio afectado debido a la disminución de los recursos generados mediante la celebración de convenios, especialmente por la Ley de garantías para las elecciones de Alcaldes y Gobernadores con los cuales se hacen convenios interadministrativos.






Con relación al rubro de inversión el porcentaje de ejecución no se encuentra dentro de la meta establecida, debido a inconvenientes contractuales con el mantenimiento y adecuación de la sede de la Dirección General de la Defensa Civil Colombiana, ubicada en la Ciudad de Bogotá. Situación conocida por los Entes de control.

7 comentarios:

  1. Anónimo10:07 p.m.

    La verdad no se que pensar, si quieren seguir con su magno trabajo de voluntariado, que lo realicen pero si les pido un favor capacitence, para que cosas como las trasmitidas en RCN hace unos meses no se repitan... con acciones como estas descrestan a ignorantes en la atencion de emergencias pero alguien con el mas minimo conocimiento se muere de fisica pena. Por favor trabajen para la comunidad no para los medios.

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  2. Anónimo11:32 a.m.

    es importante que cada organismo de socorro tenga lucro para poder sobrevivir en este mundo de corrupción, aparte de eso la Defensa civil es del ministerio de defensa y este ministerio tiene buenos recursos TIENEN 100.000 voluntarios ??? y en estos vinculan a los que estan para prestar servicio militar como ya lo estan haciendo?? si pelean sobre la desigualdad PORQUE RECIBIERON LAS MAQUINAS DE BOMBEROS DE CALI Y LO QUE MANIFESTARON FUE SI LOS BOMBEROS NO PUEDEN LA DEFENSA LO HACE.... JUA JUA JUAA HE VISTO COMO CIUDADANO CORRER A LA DEFENSA CIVIL EN INCENDIOS FORESTALES SIMPLEMENTE PORQUE NO ESTÁN PREPARADOS !!!!!! ESTUDIEN Y HABLEN AMIGOS DC

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  3. pascualotto12:47 p.m.

    Me permito recordarle al comandante de la Defensa Civil, que durante muchos años Bomberos Colombia, ha venido solicitando una norma que le permita cumplir con las funciones que no cumple ninguna otra entidad, si fuera por lo de las abejas, en Medellín no negarían la prestación de este servicio y Bomberos no tend{ia que hacerlo, sería como minimo esto, por de más que bueno sería que ustedes que ya tienen una normatividad vigente para sus servicios, un presupuesto que le entrega la Nacióna travez del ministerio de defensa, se permita que estos hombres y mujeres cumplan con una labor, que se tiene por Ley a cargo del Estado y es el de SALVAR VIDAS Y BIENES, sin ser parte del conflicto y teniendo como objetivo primordial velar por la seguridad de nuestros conciudadanos en su que hacer diario.

    Pascualotto

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  4. Anónimo10:25 p.m.

    SEGUN EL DECRETO 919 DEL 1989. La Defensa Civil Colombiana cumple las siguientes funciones:
    a) Prevenir y controlar las situaciones de desastre y calamidad en la fase primaria de prevención inminente y de atención inmediata y, cuando ellas hayan sido declaradas, actuar en los términos definidos en los actos administrativos de declaratoria de tales situaciones............... EN SU ESCRITO LES FALTO ESTA FUNCIÓN DE LA DEFENSA CIVIL LA CUAL ES LA PRINCIPAL.

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  5. Anónimo6:51 p.m.

    Recuerden señores que la Defensa Civil Colombiana tambien trabaja con la uñas, pero lo hace con gran corazón, lo que más indigna es la indiferencia de las Administraciones tanto Locales como Departamentales con respecto al tema de Gestión del Riesgo.

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  6. Anónimo6:51 p.m.

    Recuerden señores que la Defensa Civil Colombiana tambien trabaja con la uñas, pero lo hace con gran corazón, lo que más indigna es la indiferencia de las Administraciones tanto Locales como Departamentales con respecto al tema de Gestión del Riesgo.

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  7. Anónimo6:43 p.m.

    Todavia no terminamos de entender por qué la DC se empeña en realizar los trabajos de los bomberos; si es así, porque no realizan un curso de bomberos y se cambian el nombre?.. de qué les sirve una maquina de bomberos si para lo unico que la van a utilizar es para dar pantalla, y cuando se les necesite nunca van a estar disponibles? (porque eso es lo que en realidad pasa). Esque por eso estamos como estamos, porque los recursos se reparten de una manera inadecuada, como quien dice: "dandole pan al que no tiene dientes" ¿cuantos cuerpos voluntarios de bomberos estan trabajando con las uñas, porque el gobierno no les presta atención y no les da lo que les pertenece? Amigos, zapatero a sus zapatos: si quieren ayudar esta bien.. pero recuerden que la tarea de extincion de incendios (entre muchas otras tareas) les corresponde es a los BOMBEROS, porque para eso se preparan y porque para eso esque existen en el mundo!

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