martes, julio 31, 2007

ORACIÓN

SEÑOR, INFLAMA MI CORAZON EN EL FUEGO DE TU AMOR DADME FUERZAS PARA OBRAR EL BIEN Y SALVAR VIDAS AUN A COSTA DE LA MIA.
QUE EN TU NOMBREE Y CON TU BENDICION ACOMETA CADA TAREA BOMBERIL.QUE EL SERVICIO AL PROJIMO SEA MI MAYOR SATISFACCION. CON HONOR, VALOR, DISCIPLINA ME CAPACITARE Y TRABAJARE PARA QUE OTROS VIVAN.
AMEN Te. Manuel H. Peña Acosta

lunes, julio 30, 2007

AHORA SI VAN A REFORMAR LA 241

Observaba la correspondencia recibida en el Cuerpo de Bomberos en que desempeño mi voluntariado y encontré que están citando a la junta directiva de la Delegación Departamental para elegir un bombero que asista a un taller para reformar la Resolución 241 de 2001 o Reglamento General de Bomberos.
Que bien porque demuestra que reconocieron el error y que la "famosa reforma" certificada por el señor Capitán Rivera no tiene ningún valor.
Errar es de humanos pero reconocer el error y enmendarlo abre una luz de esperanza para nuestro Sistema Nacional de Bomberos.
Ojala las cosas cambien para bien y los diferentes miembros de Junta Nacional piensen en el interés general y no en favorecer sus propios intereses.
La carta del capitán Rivera no pasó de ser una mas de las maniobras que se hacen en el Delegación Departamental de Bomberos de Santander cuando se quiere dar apariencia de legalidad a un abuso. Aquí facilmente, cuando se quiere un resultado determinado, uno de los miembros de la Delegación sale a una oficina contigua a donde se esté sesionando y de allí envía un fax con una supusta resolución o determinación y listo.
Con ese espurio documento avalan la decisión abusiva acorde con el capricho del funcionario de turno y después, quien quiera hechar atrás la decisión debe contar con el dinero suficiente para contratar un abogado que demande la nulidad de lo actuado.
Pero volviendo a la reforma, ojalá sea para bien y no una reforma para afianzar a quienes se han enquistado en los cargos directivos para favorecer sus negocios personales.
Por ahora, considero que lo importante es eliminar el reglamento de evaluación y calificación que no es aplicable a esta entidad de voluntariado. Ese reglamento es una copia de uno similar de las Fuerzas Armadas donde es lógico que pueda tener aplicación.
Bomberos de Colombia... pilas que se va a plantear la reforma de nuestro reglamento y esa responsabilidad no se le puede dejar a unos pocos... ¡Pilas pues!

viernes, julio 20, 2007

ALERTA... INCREIBLE... DOBLEMENTE INCREIBLE...

Sigo con la frase del conocido humorista "Alerta".
Mediante oficio firmado el 5 de julio de 2007 el señor Capitán Carlos Rivera se pronuncia sobre la solicitud de ascenso a subteniente presentada por dos conocidos ingenieros santandereanos y textuamente consignó:
"El día 20 de octubre de 2006, mediante acta No. 040 de la Junta Nacional de Bomberos de Colombia aprobó la reforma al Artículo 26 de la Resolución Ministerial No. 241 del 21 de febrero de 2001.
MEDIANTE OFICIO MEMO007-8116-OAJ-0410, EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA JURÍDICA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA EXPIDIÓ EL CONCEPTO SOBRE LA VIABILIDAD DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 26."
Pregunta: Una Resolución Ministerial puede ser reformada por un acta de la Junta Nacional de Bomberos?
DEFINITIVAMENTE NO Y QUIZÁ EL CONCEPTO DEL ASESOR JURÍDICO SEA QUE SI PERO MEDIANTE OTRA RESOLUCIÓN MINISTERIAL. DE OTRA FORMA DEJA MUCHO QUE DESEAR LOS CONOCIMIENTOS DEL SEÑOR ASESOR JURÍDICO.
De todos modos, los conceptos no son de obligatorio cumplimiento y son una muletilla que utilizan los abogados cuando quieren darle gusto al jefe. Expiden el concepto a sabiendas que está errado y si existen demandas o acciones jurídicas se "lavan las manos" porque el concepto no obliga.
Volviendo al asunto, la supuesta reforma estableció que solo pueden aspirar a ser subtenientes quienes ostenten el grado de Sargento Primero dejando sin ninguna posibilidad de acceder a este grado a un profesional universitario.
Para ser Sargento se requieren mas de quince años y no esperen que un profesional se les quede todo ese tiempo sirviendo de manera voluntaria para ver si algún día lo quieren dejar ascender.
El reglamento verdadero, el que fue aprobado por resolución ministerial, les permite a los profesionales acceder al grado de subtenientes con el cumplimiento de algunos requisitos.
Y miren que la norma no es mala. En nuestros Cuerpos de Bomberos no sobran los conocimientos de médicos, abogados, administradores de empresas, economistas, contadores, etc.
Y es apenas elemental que a estas personas que tienen conocimientos específicos y adicionales a los de la formación bomberil, se les de la oportunidad de un trato preferente para el ascenso. Asi sucede en las Fuerzas Armadas que también utilizan el sistema jerárquico de grados.
Una norma como está no le hace daño a nadie. Existen Cuerpos de Bomberos que se sienten orgullosos de que su Consejo de Oficiales esté integrado por profesionales de las diferentes ciencias del saber y eso les permite ser mejor atendidos por las diferentes autoridades y empresas con las que se interactúa.
Que necesidad hay de reformar la norma y colocarle cortapisas al ascenso de los profesionales si ya el Reglamento estableció que se requiere obtener la calificación para ascenso de acuerdo con el Reglamento de Evaluación.
Si un Cuerpo de Bomberos no quiere tener profesionales universitarios en su Consejo de Oficiales pues simplemente les hacen una calificación deficiente y ya les limitó su ascenso.
Pero no limiten a los Cuerpos de Bomberos que quieren tener personal con mejor perfil, haciendo una reforma absurda para impedir el mejoramiento contínuo del personal bomberil.
Miren que la queja mas recurrente de los Cuerpos de Bomberos es que las autoridades municipales los tratan como ciudadanos de segunda.... pero así como quieren?
Ahí está pintada la Junta Nacional... por sus obras los conocereis.
GERMÁN RINCÓN DURÁN

jueves, julio 19, 2007

ALERTA... INCREIBLE... DOBLEMENTE INCREIBLE

Para iniciar esta columna debí hacer uso de la "frase de combate" de un conocido humorista colombiano pero es la que mejor me permite expresar mis sorpresa por una actuación de la Junta Nacional de Bomberos.
Lo increible es que la Junta Nacional por medio de un acta reformó una Resolución del Ministerio del Interior.
Supuestamente reformaron el Reglamento General Administrativgo Operativo y Tècnico del Sistema Nacional de Bomnberos de Colombia y en lo poco que he conocido modificaron los requisitos para ascenso y para tratar de darle validez a su osadía, adjuntan un concepto de un supuesto asesor jurídico que dice que esa reforma tiene validez.
No me extenderé mucho en esta columna porque debo documentarme mas y porque no quiero adelantarme a las acciones legales que se están adelantando para demostrar lo equivocados que están los señores miembros de la Junta Nacional de Bomberos de Colombia.
Cuando el Consejo de Estado se pronuncie comprenderán los bomberos la importancia de elegir en la Junta Nacional a personas con un mejor perfil.
Recibo comentarios en gerbompie@hotmail.com
GERMÁN RINCÓN DURÁN