jueves, febrero 13, 2014

DERECHO DE RÉPLICA DEL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SOLEDAD ATLÁNTICO A PUBLICACIÓN ANTERIOR

Son muchos los cuestionamientos e inquietudes que me hacen bomberos de diferentes municipios de Colombia. en ocasiones considero que tengo las respuestas y de manera interna trato de brindar una respuesta, pero otras veces considero que debo publicar el requerimiento para que quien tenga la respuesta la suministre.

Eso hice con la comunicación que me enviara LUS BERNARDO LONDOÑO ACOSTA quejándose de supuestas irregularidades en ascensos en el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Soledad, generando con ello la rápida intervención del señor Comandante de dicha institución quien informa de las imprecisiones en que incurrió el señor oficial de bomberos.

En procura del derecho de réplica publico la comunicación oficial de Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Soledad, ofreciendo mis disculpas por los inconvenientes que haya podido causar.

        CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS 
         DE SOLEDAD-ATLÁNTICO 
         Personería Jurídica No. 0000016  de enero 11-2000 
     Nit. 802.006.065-5 

   COMANDO  
Oficio No. 017  de  Febrero 13  de  2014 
Cite esta referencia al contestar. 


Capitán  
GERMAN RINCON 
Director página web 
Bomberos Colombianos   
E.  S.  D. 

Ref.:  Asunto:  Respuesta  a  publicación  de  fecha 
febrero 11 de 2014.   

Buenos días Capitán, 

Es menester iniciar esta misiva con el debido agradecimiento a su labor altruista de mantener a disposición de  los  bomberos  de Colombia  ésta  importante  e  imparcial  tribuna  de  opinión,  tan  necesaria  en  nuestro medio. 

Inicialmente debemos indicarle que, el señor LUIS BERNARDO LONDOÑO ACOSTA, efectivamente hizo parte de nuestra institución, hasta el 25 de agosto de 2.012, fecha en la que de manera voluntaria renunció irrevocablemente, alegando motivos personales, y sumado a ello agradeciendo la oportunidad otorgada por la institución, por lo que no se entiende a qué acoso laboral se refiere en el comunicado remitido. 

En cuanto a  la supuesta  ilegalidad de  los ascensos a  tenientes de un personal del Cuerpo de Bomberos Voluntarios  de  Soledad-Atlántico,  y  de  las  denuncias  formuladas  al Ct. CARLOS HUMBERTO RIVERA ARCE (Q.E.P.D.) y al Ct. CARLOS ANDRÉS MIRANDA MONTENEGRO, sobre estos hechos, no son más que  parte  de  los  constantes  delirios  de  alguien  que  sin  contar con  pruebas  a  acusado  falsamente  a  un grupo de bomberos, a los cuales puso en su mira, sin que todavía entendamos por qué. Y es que sólo a un delirio podemos adjudicar éste comportamiento, pues al citar él, que hizo denuncias, y en su dicho: “…no ha  sido  posible  se  investigue  y  sancione  a estos  señores…”,  no  conocemos  de  denuncias  escritas, formales,  con  pruebas,  por  tanto  no cuenta  con documentos  demostrativos  que  en  su momento  formuló denuncia ante los altos oficiales relacionados. 

A  lo  que  sí  se  dedicó  fue  a  la  creación  y  propagación  de  calumnias  en  contra  nuestra porque es  bien conocido  que  no  ha  desaprovechado  escenario  Bomberil,  para  disparar  sus  injuriosas  e indemostradas acusaciones. Olvida el señor LUIS LONDOÑO, que una vez  renunció de manera voluntaria al Cuerpo de Bomberos  Voluntarios  de  Soledad-Atlántico,  se  trasladó  al Municipio  de  La Zona  Bananera-Magdalena, donde  ostentó  el  cargo  de Comandante  y Representante  Legal,  hasta que  salió  intempestivamente  por motivos que aún están por precisar, a partir de allí arreció su infame campaña de calumnias,  llevándolo a promover acción de tutela contra la institución, alegando violación a los fundamentales derechos al trabajo, salud, buen nombre, honra, a la defensa, igualdad de condiciones, trato respetuoso y digno, solicitando su reintegro, y lo que procesalmente quedó demostrado mediante Fallo de Segunda Instancia de agosto 20 de 2.013, radicado No. 2.013-00312 S.I., del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Soledad-Atlántico, es que nuestra institución no vulneró ningún derecho fundamental del señor LUIS LONDOÑO. 

Lo que sí se encuentra demostrado y soportado con pruebas, es que el personal de bomberos que obtuvo su  ascenso  a  Teniente,  lo  hizo  de manera  legal  y  con  plena  observancia  de  la normatividad  Bomberil, prueba de ello es que ninguna instancia competente los ha objetado, así mismo, está plenamente probado que el señor LUIS LONDOÑO, durante su permanencia recibió un trato fraternal e igualitario, accediendo a diversos  cargos  de  dirección  manejo  y  confianza  de  la estructura  funcional:  a.  Jefe  de  Prevención,  b. Subcomandante, c. Jefe de Prensa e Imagen Corporativa; que como es lógico estos cargos requieren de la confianza e integración en igualdad de derechos; ahora bien a partir de su renuncia voluntaria y sin ningún constreñimiento  en  el consentimiento,  no  se  le  declaró  persona  no  grata,  tan  es  así  que  después  de renunciar y no hacer parte de la institución, se le permitió culminar su formación como Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, del Servicio Nacional de Aprendizaje, capacitación gestionada por  la institución,  y  otorgada  de manera  cerrada  (es  decir  para miembros  activos  de  las  empresas afiliadas  al SENA y cumplidora de los parafiscales). 

Para  culminar  esta  necesaria  aclaración,  es  preciso  informarle  que  mediante  Resolución  No. 002 de Octubre  30  de  2.013,  el  señor  LUIS  LONDOÑO,  fue  dado  de  baja  del  C.B.V.S.A.,  con nota  de  mala conducta,  y  éste  de  forma  reaccionaria  como  es  su  costumbre  promovió demanda  laboral  ordinaria  de primera  instancia contra  la Unidad Local de Bomberos, alegando que nunca ha sido bombero voluntario, sino un trabajador al que le han violado todos sus derechos laborales; intrincada jurídica en la que una vez más demostraremos que la razón le asiste al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Soledad-Atlántico, y no como  este  señor  ha  indicado  a:  “…señores oficiales  siguen  campantes  haciendo  de  las  suyas, pavoneándose  como  dueños  absolutas  del Cuero  de Bomberos  de  Soledad…”  (sic),  toda  vez  que  está institución  presta  sus  servicios  con calidad,  eficiencia,  pulcritud,  transparencia  y  legalidad,  con  la  plena conciencia  que  nuestro compromiso  es  con  los  habitantes  de  este  querido  municipio,  que  cuenta  con bomberos capaces, comprometidos con ser mejores día a día, entrenándonos, capacitándonos, dando un manejo legal y transparente a la luz de quien desee verificarlo; eso sí con la firmeza de mantener incólume nuestras  actuaciones,  y  ésta  vez  decididos  a  promover  todas  las  acciones  judiciales  necesarias, para frenar la campaña de desprestigio y mentiras del señor LUIS LONDOÑO, allí en el terreno de la justicia que es el  lugar de  los caballeros y no en  la sombra de  la calumnia, pues  tenemos claros que los personajes siniestros  como  Joseph  Goebbels,  ministro  de  Propaganda  nazi,  hacen  uso  de máximas  como:  “Una mentira repetida mil veces se convierte en verdad" - “Miente, miente, que al final algo quedará...  ...cuanto más grande sea una mentira, más gente lo creerá..."  y en esta ocasión tenemos la oportunidad de vencer la infamia. 

Agradecido con su deferencia, 


Atentamente,  


___________________________ 
ALFREDO JOSE PEREIRA ACUÑA 
C.C Nº 8.776.891 de Soledad. 
Comandante – CBVSA. 
NPIB: 08758 – 023. 







martes, febrero 11, 2014

CUESTIONAMIENTOS DE UN OFICIAL DEL ATLÁNTICO

Mi querido Capitan yo e sufrido en carne propia el poder y el abuso de autoridad de los miembros del cuerpo de Bomberos deSoledad en el Atlantico, los denuncie ante el ya desaparecido capitan Rivera y Ante el capitan Miranda desde septiembre de 2012 y no ha sido posible se investigue y sancione a estos señores, le envio una pequeña introduccion del tema y si es posible agradezco un consejo profesional, mil gracias bendiciones.:


ESTO PASO EN EL CUERPO DE BOMBEROS DE SOLEDAD EN EL ATLANTICO, YO ERA MIEMBRO DEL CONSEJO Y ME VI EN LA OBLIGACION DE RENUNCIAR DESDE EL PASADO 25 DE AGOSTO DE 2012 POR ACOSO LABORAL.

De acuerdo a concepto favorable emitido por la Confederación Nacional de Bomberos y el Sistema Nacional de Bomberos, con fecha 25 de octubre de 2011 y firmado en su orden por el capitán Carlos Humberto Rivera Arce Presidente de la Confederación (Q.E.P.D)  Se dio el Aval para el ascenso a Subtenientes de los que a continuación se mencionan.


El pasado 16 de noviembre de 2011, la Delegación departamental de Bomberos del Atlántico, en cabeza del Secretario del Interior el doctor Antonio Abello Vives, y el Delegado Departamental Bombero Hugo Nieto Molina, Comandante de Bomberos de Juan de Acosta, avalaron el ascenso al rango de subteniente según consta en el radicado número 20110600010931 de la Gobernación del Atlántico de los siguientes Bomberos:


PROSPERO ANTONIO CARBONELL TANGARIFE.


ALEXANDER JOSE RIVERA MOLINA.


CESAR AUGUSTO FERRER DONCELL.


JOSE RAFAEL OÑATE ARMENTA.


JULIO CESAR RODRIGUEZ DE LA HOZ.


BLAS ALBERTO ARAUJO CAMACHO.


ALEXANDER MARTINEZ VALDEZ.


ALEJANDRO ENRIQUE MANJARREZ COVILLA.


ALFREDO JOSE PEREIRA ACUÑA.

Estos actos administrativos esta ajustados a Ley y a todo procedimiento legal, para el dia 26 de noviembre de 2011 el consejo de Oficiales, máxima autoridad administrativa del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Soledad modifica la resolución 002 de mayo 13 de 2011 donde se habían autorizado ascensos al rango de tenientes y expide la resolución 003 de noviembre 26 donde resuelve nombrar Subtenientes a los Bomberos antes mencionados. Dicho documento fue firmado por el presidente del Consejo de Oficiales Cesar Augusto Ferrer Doncell y proyectado por el jefe del departamento Jurídico de la institución Doctor Prospero Carbonell Tangarife.


Todo marcho en forma normal hasta el día 14 de diciembre de 2011 cuando los señores Subtenientes, se enteran que el Oficial Luis Bernardo Londoño Acosta es Avalado con el rango de Teniente por la Confederación Nacional de Bomberos de Colombia, rango que no quisieron aceptar ya que el señor Londoño quedaría por encima de ellos en lo relacionado al rango.


Por este motivo y faltando a la Ley 322 de octubre 4 de 1996 por el cual se crea el Sistema Nacional de Bomberos de Colombia y se dictan otras disposiciones. Donde el Gobierno Nacional decreto en su Articulo 8.: Los Cuerpos de Bomberos deberán ceñirse a los reglamentos Técnicos, administrativos y operativos que expide la Junta Nacional de Bomberos de Colombia con fecha 10 de diciembre de 2008, el ministerio del Interior aprobó la resolución 3580, por medio de la cual se expide el Reglamento General, Administrativo, Operativo y Técnico del Sistema Nacional de Bomberos de Colombia, Reglamentario de la Ley 322 de 1996, derogando la Resolución 241.


RESOLUCION 3580 DICIEMBRE 10 DE 2007


REGLAMENTO GENERAL, ADMINISTRATIVO, OPERATIVO Y TECNICO DEL SISTEMA NACIONAL DE BOMBEROS DE COLOMBIA.

Los señores SUBTENIENTES respetaron el Artículo 33 el cual en el numeral 4 reza al pie de la letra:


4.. Contar con concepto favorable del Consejo de Oficiales para los Suboficiales; y de la Delegación Departamental para los Subtenientes y Tenientes y de la Junta Nacional para el ascenso a Capitán.


Pero faltaron al Articulo 34 . TIEMPO MINIMO DE SERVICIO EN CADA RANGO: Fijase los siguientes tiempos mínimos, como requisitos para ascender al rango inmediatamente superior:


OFICIALES:


Capitán 4 años de Teniente.


Teniente 4 años de Subteniente


Subteniente 4 años de Sargento 1º.


Sargento 1° 4 AÑOS DE Sargento 2°


Sargento 2° 4 años de Cabo.


Cabo 5 años de Bombero.


Refiero que no respetaron la Ley ya que siendo nombrados desde el 16 de noviembre de 2011 por la Delegación Departamental de Bomberos del Atlántico como Subtenientes, a escasos 42 días de su nombramiento por parte de la Delegación, fijan el día 27 de diciembre de 2011 en cartelera de la institución un documento supuestamente de la Gobernación del Atlántico, donde se les da el Aval como Tenientes, cosa totalmente fuera de la Ley, ya que deberían esperar 4 años para su ascenso a Tenientes.


Lo grave no es esto, lo grave es que las firmas son fiel copia escaneada de las firmas del Secretario del Interior el Doctor Antonio Abello y del Delegado Departamental Bombero Hugo Nieto Molina del documento original expedido por la Gobernación el día 16 de noviembre de 2011, Este documento fue pegado en cartelera por el secretario General de la institución por orden del Comandante.


A vivas claras se puede corroborar que existe falsedad en documento publico y lo extraño es evidenciar que el jefe de jurídica doctor Carbonell permitió estos actos irregulares, ya que el había proyectado la Resolución 003 de noviembre 26 donde el Consejo de Oficiales Ratifico el nombramiento como Subtenientes.




La pregunta que queda en el aire es:


1- ACASO ABUSARON DE LA BUENA FE DEL CAPITAN MIRANDA


2-  PORQUE EL JEFE DE JURIDICA, QUIEN TIENE CONOCIMIENTO DE LAS LEYES PERMITIO ESTA IRREGULARIDAD AL INTERIOR DE BOMBEROS.?


3- PORQUE LA DELEGACION DEPARTAMENTAL QUIEN TUVO CONOCIMIENTO DE ESTE CASO NUNCA TOMO CARTAS EN EL ASUNTO?


4- PORQUE EL DIRECTOR NACIONAL DE BOMBEROS NO EJERCIO LA INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL AL INTERIOR DEL CUERPO DE BOMBEROS DE SOLEDAD, COMO LO AUTORIZA Y FACULTA LA LEY EN SU ARTICULO 24 DE LA LEY 1575?


5- PORQUE EL DELEGADO DEPARTAMENTAL, HUGO NIETO, ENTREGO EL 27 DE DICIEMBRE DE 2011 ESTE DOCUMENTO A BOMBEROS CON LAS FIRMAS ESCANEADAS EN UN DOCUMENTO FALSO?


6- PORQUE NO SE HA EJERCIDO JUSTICIA, SI LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS EN CABEZA DE SU DIRECTOR EL CAPITAN MIRANDA TIENE CONOCIMIENTO DE ESTE CASO DESDE SEPTIEMBRE DE 2012?.


7- QUEREMOS QUE NOS MUESTREN LOS DOCUMENTOS ENTREGADOS PARA OSTENTAR EL RANGO DE TENIENTES.


8- QUE NOS EXPLIQUEN PORQUE DESPUES DE CUMPLIDOS LOS TRAMITES LEGALES PARA SU ASCENSO A SUBTENIENTES, DESPUES DE HABER LUCIDO POR CASI DOS MESES LAS PRESILLAS DE SUBTENIENTES, PASAN A LUCIR LAS DE TENIENTES IRRESPETANTO Y PISOTEANDO A LOS BOMEROS DE MENOR RANGO


9- QUE NOS EXPLIQUEN PORQUE HAN FALTADO AL DECRETO 953 DE 1997. Artículo 14 DE LOS DEBERES: Numeral. 28; Articulo 15.: DE LAS PROHIBICIONES.: Numerales. 5, 7, 8, 9 21, 22.


10- QUE EXPLIQUEN PORQUE RAZON NOMBRARON AL TENIENTE LONDOÑO PERSONA NO GRATA POR CUMPLIR CON LO ESTIPULADO EN EL DECRETO 953, Articulo 14. DEBERES: Numerales: 1, 11, 22, y denunciarlos ante la Confederación y el Sistema lo cual le costo el puesto en Bomberos por acoso laboral demostrable.


Muchas preguntas pocas respuestas y los señores oficiales siguen campantes haciendo de las suyas, pavoneándose como dueños absolutas del Cuero de Bomberos de Soledad sin que nadie tome cartas en el asunto.

Amanecerá y veremos dijo un ciego, y nunca pudo ver, que pesar.




TENIENTE


Luis Bernardo Londoño