lunes, marzo 02, 2020

LA POSICIÓN DE LA CONFEDERACIÓN CONTRA PROPUESTA DE SU EXCLUSIÓN

Desde el 19 de diciembre de 2019 el Presidente de la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos dejo sentada ante la mesa tecnica sindical que busca reformar la Ley 1575 de 2012 su posición ante propuestas de exclusión. El texto es el siguiente:


Señores
MESA TÉCNICA PARA LA REFORMA DE LA LEY 1575 DE 2012
Bogotá D.C.


Cordial saludo:

En mi condición de Presidente de la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos de Colombia trasmito a ustedes la inconformidad de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios que represento, con la decisión adoptada en la mesa técnica de suprimir el literal e del artículo 4 de la Ley 1575 de 2012 que dispone que la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos de Colombia hace parte de Bomberos Colombia y su parágrafo primero que dice: “Para los efectos de la presente ley, la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos de Colombia, representa gremialmente a los cuerpos de bomberos oficiales y voluntarios del país” y el literal g del artículo 8 que la reconoce como integrante de la Junta Nacional de Bomberos.

Si bien como integrante de la mesa técnica no hice mayor reparo a la decisión adoptada, en el entendido que el debate definitivo se debe dar en las respectivas comisiones de Senado y Cámara de nuestro Parlamento y lo acordado por nosotros solo es una propuesta para su estudio, varios comandantes de Cuerpos de Bomberos Voluntarios agremiados me piden expresar su descontento por los siguientes motivos:

·         En la mesa técnica solo asisten dos representantes de la Confederación que nos agremia, predominando el componente sindical en la composición de esta mesa.

·         Desaparecer del listado de integrantes de la Junta Nacional de Bomberos de Colombia a la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos  es quitarle la representatividad al único organismo que representa a los Cuerpos de Bomberos Voluntarios del país, siendo estas entidades la columna vertebral del servicio de bomberos en Colombia.

·         En la Junta Nacional de Bomberos conforme a la propuesta aprobada por ustedes no va a existir ningún representante de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, teniendo en cuenta que los dos delegados de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios llegan por elección que se hace en las Juntas Departamentales de Bomberos, órganos que están compuestos mayoritariamente por funcionarios del gobierno departamental, siendo los bomberos minoría en ellos. De esa forma los Delegados Departamentales que lleguen a integrar la Junta Nacional de Bomberos llegan en representación de un órgano del gobierno departamental.


·         No es bien visto que el Gobierno Nacional, representado por los miembros del Ministerio del Interior que asisten a la mesa técnica, coadyuve para que sea excluida de la Junta Nacional de Bomberos la entidad que agremia a los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, siendo esa Junta la que aprueba los lineamientos y reglamentos que regularán el servicio público esencial que es prestado por los Cuerpos de Bomberos Voluntarios en más del 80% del territorio nacional.

·         La Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos de Colombia ha representado por más de treinta (30) años los intereses de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios de Colombia y ha hecho parte de la Junta Nacional de Bomberos desde el año 1996.

·         Al estudiar la exclusión de la Junta Nacional de Bomberos del representante de FASECOLDA por su absoluto desinterés de participar en la misma, se expuso que no debía excluirse por cuanto debía existir una representación gremial en la Junta, entonces no se entiende por qué se prefiere al representante de un gremio que no muestra interés frente al representante del gremio que ha asistido a todas las reuniones de Junta Nacional durante veinticuatro años.

·         Proponemos que vuelvan al texto normativo las normas suprimidas y solamente se modifique el parágrafo primero del Articulo 4 de la Ley 1575 de 2012 para que allí se suprima la palabra oficiales, teniendo en cuenta que en los veinticuatro años de vigencia de las leyes generales de bomberos, ningún Cuerpo de Bomberos Oficial ha hecho parte de la Confederación. El parágrafo primero quedaría así: “Para los efectos de la presente ley, la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos de Colombia, representa gremialmente a los cuerpos de bomberos voluntarios del país.”

Habiendo trasmitido los planteamientos de los comandantes agremiados solicito respetuosamente que esta comunicación haga parte del acta que se levante en el día de hoy.


Atentamente,



CT. MARIO ALBERTO URIBE QUICENO
Presidente