Definitivamente muchos de los que se vinieron lanza en ristre a atacarme, lo hicieron porque no leyeron el artículo o simplemente porque no entendieron lo leído.
En ninguna parte de la publicación se agredió al señor Delegado Departamental de Cundinamarca, ni se puso en duda su idoneidad profesional, o la labor que viene desempeñando como Delegado. Yo acepto que la Delegación de Cundinamarca puede ser ejemplo para el país y que actualmente estén adelantando una labor admirable y quizá superior a la que adelantaron los delegados anteriores.
Eso nunca sucedió. Incluso cuando se habló de extralimitación de funciones se hizo en plural. Si vuelven a leer el texo que tanto les incomodó, allí se escribió: “Desafortunadamente los Delegados Departamentales no han querido entender esto y se extra limitan en sus funciones”… Esa frase no se refiere a ningún delegado en especial, se refiere a “los delegados” lo que quiere decir que es una referencia a más de un delegado, (pueden ser dos o tres o veinte) sin decir cual, ni mucho menos afirmar que quien se extralimitaba en sus funciones fuera el Delegado de Cundinamarca.
Tampoco se dijo nada sobre la Delegación de Cundinamarca aparte de cuestionar si habían verificado que el Capitán elegido como Delegado cumpliera los requisitos y ahí si hubo una imprecisión de mi parte, pues puse en duda que el elegido cumpliera el requisito de ser comandante, cuando lo que aseguraban los bomberos de Cundinamarca que me llamaron a comentar la situación, es que el comandante no cumplía con el segundo requisito exigido para el cargo, como es que “tenga como mínimo cinco años de servicio ininterrumpido en su cuerpo de bomberos”, pues como lo aseguran varios de quienes escribieron a atacarme, el Cuerpo de Bomberos que comanda el Delegado se fundó hace menos de cinco años.
Desde mi humilde punto de vista, si se elige como Delegado a un comandante de un Cuerpo de Bomberos que solo lleva cuatro años de fundado o menos, pues obviamente no puede cumplir con el requisito de tener como mínimo cinco años de servicio ininterrumpido en su cuerpo de bomberos, así se sumen los 10 o 15 años de servicio que el comandante haya podido prestar en otros Cuerpos de Bomberos.
Pero vuelvo y lo repito, esa es mi humilde opinión y yo no soy autoridad bomberil, soy un simple “trabajador del derecho” que me atrevo a expresar lo que creo fue la intención de quienes redactaron el Reglamento General de Bomberos.
Ahora bien, que puedo estar equivocado? Pues claro que si puedo estar equivocado. Yo no soy la última palabra en temas bomberiles. Simplemente soy un opinador sobre temas de bomberos, pero mis conceptos no tienen la fuerza para causar daño a nadie. Nadie está obligado a tener el mismo pensamiento mío.
Quien considere que estoy equivocado y piense que un oficial de bomberos con veinte años de servicio puede fundar un Cuerpo de Bomberos y una vez fundada la nueva entidad puede ser elegido delegado departamental sin haber cumplido los CINCO AÑOS DE SERVICIO ININTERRUMPIDOS EN SU CUERPO DE BOMBEROS, pues bienvenida su opinión, la que le respeto pero no le comparto.
Así es como se actúa entre personas civilizadas, si la persona no acude al diálogo y se ve obligado a agredir y a amenazar es porque no tiene argumentos para debatir.
Entonces no entiendo cual es el enojo y por qué me quieren crucificar…