Me comentan algunos colegas bomberos que están próximos a iniciar una
acción de cumplimiento contra el señor
Ministro del Interior por la renuencia a que se promulgue el Reglamento general
Administrativo y Técnico de Bomberos de Colombia. La acción de cumplimiento es una acción del orden constitucional, similar a la acción de tutela, por medio de la cual los ciudadanos colombianos pueden lograr que un juez de la República le ordene a un funcionario público cumplir con se deber y obligación de acatar la Ley.
Aseguran los bomberos que no hay una explicación
lógica para que hayan transcurrido más de veinte (20) meses de haber sido
promulgada la Ley 1575 de 2012 en que se concedió a la Junta Nacional de
Bomberos la facultad de expedir el Reglamento y aún no se ha hecho.
Esa actitud negligente no se puede endilgar al señor Capitán Germán Andrés Miranda,
porque él desde su rol de Director General de Bomberos ha cumplido su tarea. Me
consta que el Reglamento para Bomberos de Colombia ya existe, el señor Capitán
Miranda fue muy juicioso en la redacción y recopilación de normas y conceptos
para hacer un reglamento que va a ser aplicado a los Cuerpos de Bomberos
Oficiales, a los Bomberos Aeronáuticos y
a los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, tres tipos de entidades bomberiles que
si bien cumplen la misma función, lo hacen desde regímenes diferentes, los unos
como empleados públicos del orden municipal, otros como empleados de la
Aeronáutica Civil y los demás como empleados y voluntarios de entidades cívicas
sin ánimo de lucro. Una mixtura difícil de congregar en un solo reglamento,
pero Andrés Miranda lo logró.
Ahora es función de la Junta Nacional de Bomberos la aprobación del
Reglamento y el señor Ministro del Interior es quien preside esa Junta
Nacional, por lo tanto será quien deba responder la acción constitucional.
Yo les advertía a los inconformes que en este momento el señor Ministro del interior no
puede tener ocupación diferente a atender lo correspondiente a los próximos
comicios electorales, pero quienes van a accionar contra el Ministerio
argumentan que entonces por qué no se expidió el reglamento el año anterior? Y
tienen razón, porque desde la Dirección Nacional de Bomberos ya hicieron la
tarea y el reglamento existe hace rato.
En el Ministerio del Interior no han logrado comprender la necesidad de
la expedición del Reglamento General de Bomberos. Los cuerpos de bomberos de
Colombia quedaron a la deriva, ante la omisión de la reglamentación desde el 21
de agosto de 2012, existieron ascensos irregulares que los comandantes y los beneficiarios
de esas irregularidades insisten en mantener, precisamente ante la inexistencia
del Reglamento; hay Cuerpos de Bomberos prestando servicios en otros municipios
diferentes al ente territorial que les expidió la Personería Jurídica y se
niegan a cesar en su abuso porque no existe reglamento que les impida hacerlo,
los Comandantes están sancionando bomberos y haciendo cosas no muy ortodoxas
con su personal, porque se insiste, no existe reglamento y en el Ministerio del
Interior no hay ningún interés en que este reglamento exista. Se van a cumplir dos años de existencia de la Ley 1575 de 2012 y la profesionalización de la actividad bomberil aún no ha empezado.
Esperemos a que desde el Ministerio prefieran cumplir la Ley sin tener que hacerlo en cumplimiento de una orden judicial, entre tanto, aprovecho para expresar mi solidaridad con el señor Capitán Miranda que ha venido haciendo bien su
labor como Director General pero definitivamente desde el alto gobierno lo han
dejado solo… y ojalá se elija en primera vuelta al próximo presidente de
Colombia, sea quien sea el elegido, porque de lo contrario el Reglamento
General de Bomberos seguirá otros cuantos meses en espera de su promulgación.
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