martes, agosto 28, 2012

LOS RETOS TOCAN COMO OPORTUNIDAD LA PUERTA DE LOS BOMBEROS DE COLOMBIA

La nueva Ley General de Bomberos de Colombia, Ley 1575 del 21 de Agosto de 2012 que deroga la anterior ley 322 de 1996 y todo aquello que le sea contrario, muestra el camino para la profesionalización y otorga el valor merecido por una actividad que todos conocemos, admiramos, y hasta queremos ser como ellos; sin saber, que muchos de ellos reciben un sueldo bajo o ninguno, una injusticia tremenda frente al servicio que prestan. ¡ó! ¿Cuánto pagaría una familia por la vida de uno de sus integrantes? ¿Quién tendería una mano cuando para ello debe arriesgar su propia integridad? ¿Quién interrumpiría su sueño y descanso, soportaría la lluvia, la inclemencia del clima? Muy pocos, esos pocos son los que por cualquier circunstancia de la vida se enamoraron y llegaron a ser Bomberos de Colombia.



De los Bomberos de verdad, los bomberos preparados, que se forman, estudian, capacitan, entrenan, aquellos que saben la responsabilidad en sus hombros, que respetan procedimientos y normas, que no son empíricos, porque sencillamente no se puede ser un Bombero de Verdad siendo empírico, el esfuerzo en su estudio, capacitación tanto teórica como practica demuestran de su parte, que aman lo que hacen, que no cualquiera puede hacerlo, que es el resultado de un camino abierto a todos, pero que cuesta, eso son bomberos de verdad, son los "muy pocos".

Por la naturaleza de su labor los bomberos según esta nueva ley, deberán contar con seguridad social y durante el ejercicio de sus funciones contarán con un seguro de vida

Los Bomberos de Colombia y sus integrantes, deberán realizar la Gestión Integral del Riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos.

Los bomberos de Colombia tendrán un uniforme, un lema, un estandarte, un himno y un escudo. Su nombre, emblemas, insignias, uniformes, condecoraciones y demás elementos de identificación, no podrán ser usados por ninguna otra persona, organización, vehículo o entidad, so pena de las acciones legales pertinentes, por lo que toda institución privada que se denomine con la expresión Bomberil bomberos deberá modificar sus Estatutos, dentro del año siguiente a la promulgación de la ley, es decir, antes del 21 de Agosto del próximo año. Por fin una herramienta contra los abusos de aquellos que utilizan el nombre de Bomberos para vender rifas, presionar industriales y comerciantes con el fin de hacerles adquirir extintores portátiles, muchas veces mal seleccionados, instalados o de mala calidad, por quienes no saben siquiera que es NFPA y mucho menos que NFPA 10 es la norma aplicable a extintores portátiles contra incendio, y de las primeras normas NFPA en las que el Bombero debe ser capacitado

La gestión integral del riesgo en incendios que especifica la ley se desarrolla:

 realizando el análisis de la amenaza de incendios en su jurisdicción

 desarrollando todos los programas de prevención

 prestando atención de incidentes relacionados con incendios

 al definir, desarrollar e implementar programas de mitigación

 la preparación previa a incidentes en la comunidad y todas las instalaciones de personas de derecho público y privado para garantizar la respuesta oportuna, eficiente y eficaz.

 investigar las causas de las emergencias que atienden y presentar su informe oficial a las autoridades correspondientes.

 servir de organismo asesor de las entidades territoriales en temas relacionados con incendios, rescates e incidentes con materiales peligrosos y seguridad humana.

 apoyar a los comités locales de gestión del riesgo en asuntos bomberiles.

 realizar inspecciones y expedir certificados de seguridad

Adicionalmente con la modificación al Código Colombiano de Construcción, que incluye entre su capítulo de protección contra incendios la aplicación obligatoria de las normas NFPA para el diseño, instalación, prueba, inspección y mantenimiento de sistemas de protección contra incendio y seguridad humana, aspectos que la industria de la construcción está aplicando y sabrá cumplir cabalmente, ponen en evidencia los múltiples desastres y el aprendizaje dejado por las pérdidas del pasado. Frente a esta nueva realidad la Ley de Bomberos de Colombia, incluye:



1. Revisión de los diseños de los sistemas de protección contra incendio y seguridad humana de los proyectos de construcciones nuevas y/o reformas de acuerdo a la normatividad vigente.

2. Realización de inspección y prueba anual de los sistemas de protección contra incendio de acuerdo a normatividad vigente.

3. Realización de inspecciones técnicas planeadas referentes a incendio y seguridad humana.



Es de resaltar la funciones de revisión y prueba, los Cuerpo de Bomberos no pueden caer en el error de desbalancear el equilibrio de la industria de protección contra incendios, es decir, no pueden diseñar o instalar sistemas; sus funciones son claras, deben revisar y probar, no puede ser justo ni bien visto que los mismos encargados de revisar los diseños sean quienes diseñen, como tan poco puede suceder que alguien con intereses en la instalación, revise el diseño o pruebe el funcionamiento adecuado de un sistema. Es un equilibrio de fuerzas que se debe velar por mantener para el crecimiento de todos

Para más, los Bomberos de Colombia coordinarán y contarán con el apoyo de Las fuerzas armadas y de policía. "Las fuerzas militares, de policía y los demás cuerpos operativos del sistema nacional de prevención y atención de desastres podrán apoyar en situaciones especiales tales, como incendios estructurales en alturas, forestales de gran magnitud o de difícil acceso, o en eventos de desastres naturales o antrópicos, que requieran de su capacidad humana, técnica o tecnológica,". De igual manera, contarán con beneficios tributarios y la exención del Pago de Peajes

Los retos tocan como oportunidad las puertas de los bomberos de Colombia, porque no se puede solo recibir, hay que prepararse para desempeñar todas las funciones otorgadas y valorar el esfuerzo de este gobierno, los Bomberos de Colombia, debemos:



 Realizar el análisis de vulnerabilidad y riesgo de incendio de su jurisdicción

 Conformar, capacitar y adquirir el equipamiento para emergencias de incendio y materiales peligrosos, siendo este último un punto muy débil en la mayoría de instituciones

 Preparar su personal y establecer la oficina o departamento de investigación de incendios

 Capacitar su personal en normas NFPA y sistemas fijos de protección contra incendio

 Incluir un equipo de ingenieros para la revisión de diseños y planos

 Establecer programas serios para la inclusión, formación y evaluación de sus unidades

 etc, etc, etc.



Así que Bomberos, ha prepararse, el mundo ya no está para los bomberos que hacen las cosas como antes, o porque así se hacía, ahora somos Profesionales, como un médico, un arquitecto o un ingeniero, demos la medida a este reto.



Instituciones, los Bomberos servimos a la comunidad, no una persona, los intereses de un particular no pueden direccionar una institución, mucho menos pueden direccionar una delegación, comité, coordinación o confederación de Bomberos...los hombres pasan, las instituciones quedan. La política, claramente, también se alejará de nuestras instituciones


Esperando colaborar, Un abrazo de un orgulloso Bombero del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Piedecuesta



Ing. Harold Joseft González Espinosa

Especialista Certificado en Protección Contra Incendios CEPI-NFPA



correo: hg@ingenieriacontraincendio.com

Página web: www.ingenieriacontraincendio.com













1 comentario:

  1. Anónimo4:51 p.m.

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