Desde el 19 de diciembre de 2019 el Presidente de la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos dejo sentada ante la mesa tecnica sindical que busca reformar la Ley 1575 de 2012 su posición ante propuestas de exclusión. El texto es el siguiente:
Señores
MESA TÉCNICA PARA LA REFORMA DE LA LEY 1575 DE 2012
Bogotá D.C.
Cordial saludo:
En mi condición de Presidente de la Confederación
Nacional de Cuerpos de Bomberos de Colombia trasmito a ustedes la inconformidad
de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios que represento, con la decisión adoptada
en la mesa técnica de suprimir el literal e del artículo 4 de la Ley 1575 de
2012 que dispone que la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos de
Colombia hace parte de Bomberos Colombia y su parágrafo primero que dice: “Para los efectos de la presente ley, la Confederación
Nacional de Cuerpos de Bomberos de Colombia, representa gremialmente a los
cuerpos de bomberos oficiales y voluntarios del país” y el literal
g del artículo 8 que la reconoce como integrante de la Junta Nacional de
Bomberos.
Si
bien como integrante de la mesa técnica no hice mayor reparo a la decisión
adoptada, en el entendido que el debate definitivo se debe dar en las
respectivas comisiones de Senado y Cámara de nuestro Parlamento y lo acordado
por nosotros solo es una propuesta para su estudio, varios comandantes de
Cuerpos de Bomberos Voluntarios agremiados me piden expresar su descontento por
los siguientes motivos:
·
En la mesa técnica solo asisten dos
representantes de la Confederación que nos agremia, predominando el componente
sindical en la composición de esta mesa.
·
Desaparecer del listado de integrantes de la
Junta Nacional de Bomberos de Colombia a la Confederación Nacional de Cuerpos
de Bomberos es quitarle la
representatividad al único organismo que representa a los Cuerpos de Bomberos
Voluntarios del país, siendo estas entidades la columna vertebral del servicio
de bomberos en Colombia.
·
En la Junta Nacional de Bomberos conforme a la
propuesta aprobada por ustedes no va a existir ningún representante de los
Cuerpos de Bomberos Voluntarios, teniendo en cuenta que los dos delegados de
los Cuerpos de Bomberos Voluntarios llegan por elección que se hace en las Juntas
Departamentales de Bomberos, órganos que están compuestos mayoritariamente por
funcionarios del gobierno departamental, siendo los bomberos minoría en ellos.
De esa forma los Delegados Departamentales que lleguen a integrar la Junta
Nacional de Bomberos llegan en representación de un órgano del gobierno
departamental.
·
No es bien visto que el Gobierno Nacional, representado
por los miembros del Ministerio del Interior que asisten a la mesa técnica, coadyuve
para que sea excluida de la Junta Nacional de Bomberos la entidad que agremia a
los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, siendo esa Junta la que aprueba los
lineamientos y reglamentos que regularán el servicio público esencial que es
prestado por los Cuerpos de Bomberos Voluntarios en más del 80% del territorio
nacional.
·
La Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos
de Colombia ha representado por más de treinta (30) años los intereses de los
Cuerpos de Bomberos Voluntarios de Colombia y ha hecho parte de la Junta
Nacional de Bomberos desde el año 1996.
·
Al estudiar la exclusión de la Junta Nacional de
Bomberos del representante de FASECOLDA por su absoluto desinterés de
participar en la misma, se expuso que no debía excluirse por cuanto debía existir
una representación gremial en la Junta, entonces no se entiende por qué se
prefiere al representante de un gremio que no muestra interés frente al
representante del gremio que ha asistido a todas las reuniones de Junta
Nacional durante veinticuatro años.
·
Proponemos que vuelvan al texto normativo las
normas suprimidas y solamente se modifique el parágrafo primero del Articulo 4
de la Ley 1575 de 2012 para que allí se suprima la palabra oficiales, teniendo
en cuenta que en los veinticuatro años de vigencia de las leyes generales de
bomberos, ningún Cuerpo de Bomberos Oficial ha hecho parte de la Confederación.
El parágrafo primero quedaría así: “Para
los efectos de la presente ley, la Confederación Nacional de Cuerpos de
Bomberos de Colombia, representa gremialmente a los cuerpos de bomberos
voluntarios del país.”
Habiendo
trasmitido los planteamientos de los comandantes agremiados solicito
respetuosamente que esta comunicación haga parte del acta que se levante en el
día de hoy.
Atentamente,
CT.
MARIO ALBERTO URIBE QUICENO
Presidente