Con el aviso de admisión
de la acción popular prácticamente se puso en marcha este mecanismo para la protección
de los derechos colectivos de una comunidad, en este caso de los bomberos
voluntarios del departamento de Santander.
Pero sobre el asunto hay
que hacer varias precisiones y la primera es que en esta acción no se demandó
al Capitán GERMAN ANDRÉS MIRANDA MONTENEGRO porque cuando se demanda a una
entidad pública no se está demandando a la persona natural que la representa.
Se observa en el aviso que ordena publicar el Tribunal Administrativo de
Santander, que se demandó a la Dirección Nacional de Bomberos de Colombia, de
tal manera que perfectamente se hubiera inaugurado el Capitán Misael Cadavid
contestando esa demanda, en caso de que las amenazas contra su vida y la de sus
hijas no lo hubieran obligado a declinar el nombramiento que le había hecho la
Presidencia de la República. Entonces cualquiera que llegue a posesionarse como
Director Nacional de Bomberos tendrá que hacerse cargo de atender esa acción
popular.
Otro punto importante del
comunicado es que entre las pretensiones el actor popular pide que se ordene al
Director Nacional de Bomberos pronunciarse sobre la legalidad de los cargos de
los Comandantes y Subcomandantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios que
funcionan en el departamento de Santander, entonces esa demanda no es contra
nadie en especial porque se pide la revisión de todos los grados de los
bomberos de este departamento y en caso de que prosperaran las pretensiones, la
sentencia tendría un efecto dominó, porque no podría el Director Nacional de
Bomberos pronunciarse respecto de los grados de los Bomberos de Santander y
mantenerse en silencio respecto de los grados irregulares que se hayan
concedido en el resto del país. Infiero entonces que no se está pidiendo solamente
la revisión de los grados del grupo de la “cosa nosstra” o del grupo de los “12
apóstoles” ni nada por el estilo.
Que viene ahora?... Una vez
el Director Nacional de Bomberos de Colombia conteste la demanda, la honorable
Magistrada lo convocará junto al accionante señor Wilson de Jesús Hoyos a un
pacto de cumplimiento en el que el señor Director y el señor Hoyos acordaran en
que forma se puede restablecer el derecho que tiene la comunidad a que se de
aplicación a las leyes y reglamentos que rigen la actividad bomberil en el país
y que no sigan apareciendo personajes de la noche a la mañana ostentando grados
a los que no tienen derecho.
En caso de que no logren
llegar a un acuerdo, la señora Magistrada decretará pruebas y con el resultado
de las mismas proferirá sentencia.
Así las cosas pienso que
esta acción popular no es contra nadie, es en favor de toda la sociedad
colombiana que tiene derecho a que los Cuerpos de Bomberos Voluntarios así sean
entidades particulares, se vean obligados a cumplir la Constitución Nacional,
las Leyes y demás normas que regulan la prestación del servicio público
esencial de la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y
atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con
materiales peligrosos.