jueves, noviembre 13, 2014

RIFAS OCASIONARÍAN PERDIDA DE PERSONERÍA JURÍDICA

Algunos Cuerpos de Bomberos Voluntarios continuaron con las rifas y les van a poner su tate-quieto. El legislador pretendió dar la oportunidad a los Cuerpos de Bomberos Voluntarios que en situaciones extremas obtuvieran recursos extras acudiendo a la realización de rifas sin el pago de impuestos, pero hecha la Ley hecha la trampa, y los Cuerpos de Bomberos no realizan la rifa, estan permitiendo que empresas especialistas en esa actividad lo hagan lucrándose indebidamente.

Las rifas que realicen los Cuerpos de Bomberos Voluntarios si son permitidas, pero lo que no está permitido es que los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, bajo una figura simulada de asociación o de convenio, terminen "vendiendo" esa gabela que les otorga la ley, a los "riferos" que por unos cuantos pesos terminan casi que comprando el nombre de la institución bomberil para enriquecerse y birlarle al estado el pago de la renta por la explotación de este tipo de juego de suerte y azar.

En Colombia existen dos o tres personas naturales que se dedican a comprar carros lujosos para alquilar a los RIFEROS, que son empresas dedicadas a la comercialización de rifas.

El "plantero" por llamarlo de alguna manera, compra el vehículo y lo alquila al "rifero" con la condición que el vehículo no se puede bajar del trailer o remolque en que debe ser transportado. Así los riferos pueden exhibir el vehículo por todas las calles pero nadie sabe quien es el propietario de ese vehículo.

El "rifero" busca un Cuerpo de Bomberos Voluntarios que se se encuentre bien necesitado y le ofrece veinte o treinta millones de pesos para que le "preste" la razón social para realizar la rifa, asegurando que van a responder por los premios pero sin advertirle que en las clausulas que aparecerán en el bono de la rifa, se dirá que el único responsable por el pago de los premios es el Cuerpos de Bomberos Voluntarios y que la totalidad de las utilidades serán para el financiamietnto del organismo de socorro.

Para evadir la ley, firman un contrato de asociación o un contrato para la administración de la rifa, en donde se dirá que la empresa rifera se queda con el 60% o el 80% del valor del bono por gastos de administración. Hay que agregar a estas anomalías, que nadie supervisa al rifero cuantos bonos vende, verificación prácticamente imposible de realizar porque una vez firmado el contrato con el Cuerpo de Bomberos, el rifero manda sus vendedores por todo el país, vendiendo cualquier cantidad de bonos para terminar diciendo que la rifa les generó perdidas.

Cuando faltan uno o dos meses para la fecha del sorteo, el "plantero" exige al rifero la entrega del vehículo, porque para esa fecha ya están vendidas las boletas y al rifero solo le resta cobrar las cuotas faltantes y así en caso de que haya un ganador, es el comandante del cuerpo de bomberos quien debe salir a responder por el premio que ya el "plantero" tiene a buen recaudo.

La única esperanza para el Cuerpo de Bomberos es que no haya un ganador o que el ganador de la rifa no se percate del resultado del sorteo y no acuda a cobrar su premio. Porque si acude el ganador, el rifero desaparece y es cuando el comandante se da cuenta que en las cláusulas del bono dice que él es el único responsable de pagar y que las fotografías que aparecen en los premios son simplemente representaciones de bienes sin que correspondan a la realidad.

De esta forma es que varios comandantes de Cuerpos de Bomberos Voluntarios se han visto enfrentados a procesos penales por estafa.

La Dirección Nacional de Bomberos está tomando acciones para evitar que se siga repitiendo esta situación y muy probablemente algunos Cuerpos de Bomberos Voluntarios terminarán perdiendo su personería jurídica. "Soldado advertido no muere en guerra" decían nuestros abuelos, después no digan que no les avisaron.

Quienes insisten en hacer rifas por favor revisen la Circular No 34 en la siguiente dirección: