lunes, julio 25, 2011

SOBRE LA REFORMA A LA LEY BOMBERIL

DESDE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SOLEDAD - ATLANTICO

Todavia se ve y se siente la tan conocida rosca, todavia mas del setenta por ciento de los Bomberos Voluntarios de Colombia estan con la soga al cuello y nadie hace nada.

Esperemos que mi capitan Rojas en la camara de Representantes, mi capitan Rivera en la Confederacion, el Doctor Torres entre otros, le den un apoyo bien berrraco al nuevo proyecto de Ley de Bomberos, y modifique algunos punticos , entre ellos el de la Junta Departamental de Bomberos, el cual dice que debe estar dicha Junta conformada entre otros por siete miembros de los diferentes cuerpos de Bomberos del departamento correspondiente y creo que en esta deben estar todos los cuerpos de bomberos del departamento.

Tambien es importante que quien este al frente de dicha junta o secretaria tecnica este de tiempo completo y que no sea un comandante de un cuerpo de Bomberos y le dire el porque.

La nueva JUNTA DEPARTAMENTAL DE BOMBEROS tendra recursos propios (IMPUESTOS O SOBRETASAS) y debe ejercerse una vigilancia extricta de estos dineros o recursos y que su destino sea para el cual fue creado y es el fortalecimiento institucional en cada departamento, por tal motivo el Coordinador Tecnico debe estar pendiente y trabajar las 24 horas para que los recursos fluyan y se cristalicen, debe por obligacion crearce una oficina en cada Gobernacion que tenga disponibilidad continua y un manejo claro de los reccursos.

Un comandante ejerce una funcion de gerencia, administrativa y de representacion legal en su Cuerpo de Bomberos y su funcion especifica deberia ser la de velar porque esta se fortalezca y que su obligacion no es apagar incendios, sino gerenciar y administrar la Institucion, para que cada dia sea mas fuerte, tanto a nivel tecnico, humano y fisico, dejen que el subcomandante se encargue de la parte operativa, por tal motivo un comandante no deberia conformar la Junta Departamental de Bomberos, esta responsabilidad de representacion institucional debe delegarse en un Oficial de alto rango y que pertenezca al Concejo de Oficiales de Cada Institucion.

Cualquier Inquietud estoy en el celular 3002803007