Es preocupante la actitud del señor Coordinador general de Bomberos, doctor HUGO CESAR CHINGATÉ PRIETO.
Resulta que en el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Villavicencio el doctor Chingaté obtuvo el grado de subteniente, pero cuando fué comandante de ese cuerpo de bomberos fue ascendido a Capitán. DE SUBTENIENTE A CAPITÁN.
Cuando dejó el cargo de Comandante, el Consejo de Oficiales consideró que el ascenso a capitán había sido irregular, ya que no obtuvo el visto bueno de la Delegación Departamental ni el aval de la Junta Nacional de Bomberos y por ese motivo anularon su grado.
Cuando el doctor Chingaté se postuló para el cargo de Coordinador se anunció como Capitán, sin que tuviera ninguna necesidad de hacerlo, porque para ser nombrado coordinador le bastaba acreditar su título universitario. Sin embargo se anunció como Capitán y el Consejo de oficiales del C.B. V. de Villavicencio divulgó que solo le reconocían el grado de subteniente.
Alejándose de la dignidad y la ética, el doctor Chingaté decidió utilizar su cargo para vengarse de sus antiguos compañeros y valiéndose del Tribunal Nacional de Supervisión inició investigación disciplinaria contra el Subteniente RIGOBERTO SANTOS, presidente del Consejo de Oficiales.
Los cargos que se le hacen a RIGOBERTO SANTOS no tienen mayor fundamento y mas pareciera que se quiere forzar la interpretación de la norma para poder sancionar a este oficial:
Se le acusa de construir cuatro locales comerciales en el Cuartel de Bomberos, sin autorización de la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos.
Si Rigoberto Santos solo es un miembro del Consejo de Oficiales, es decir solo es un voto dentro de las decisones de ese Consejo ¿Puede ser investigado porque el Consejo de Oficiales aprobó esa construcción?
En realidad un ente privado, con personería jurídica expedida por autoridad competente, ¿debe pedir autorización a la Confederación para disponer como construye o reforma su cuartel?
La Resolución 241 dice que el presidente de la Confederación asesorará sobre la construcción de cuarteles a los Cuerpos de Bomberos que se lo soliciten, o sea que no es obligación pedir ese concepto.
El segundo cargo o acusación a RIGOBERTO SANTOS fue el de permitir que personas particulares viajaran en los camiones del Cuerpo de Bomberos sin permiso del Comandante, pero nunca se le preguntó al Comandante si efectivamente viajaron esas personas y menos aún se tomaron la molestia de preguntar -en caso de que hubieran viajado- si lo hicieron con permiso del comandante.
Porque observese que el reglamento disciplinario dice que constituye falta disciplinaria permitir que viajen particulares SIN PERMISO DEL COMANDANTE. Es decir, que si particulares viajan en los camiones con permiso del comandante no se comete falta.
Otra de las acusaciones es la de ser arrendatario de un local del Cuerpo de Bomberos. Me pregunto, ¿Un oficial de bomberos comete falta cuando toma un local que arrienda el representante legal de una asociación sin ánimo de lucro, debidamente autorizado por su Consejo de Oficiales?
Flaco servicio le está prestando el doctor Chingaté al Sistema Nacional de Bomberos con esa actitud. Parodiando al "Chavo del Ocho" se le recuerda que "la venganza no es buena, mata el alma y envenena".
Y los miembros del Tribunal Nacional de Supervisión no deben creer a "pie juntillas" todo lo que les dice el Coordinador o el abogado que los está asesorando para adelantar la investigación contra RIGOBERTO SANTOS, porque es evidente que los están asesorando mal y pueden resultar "empapelados". Pidan otros conceptos y no "traguen entero", no se dejen utilizar, es bueno tener criterio y tomar decisiones propias.
SI ESTÁN INTERESADOS EN CONOCER TODA LA HISTORIA DEL ENFRENTAMIENTO DEL DOCTOR CHINGATE CON EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE OFICIALES DEL C.B.V. DE VILLAVICENCIO, ESCRIBANME Y PUBLICO EL RESTO. ESO ESTÁ PARA LARGO.