miércoles, enero 30, 2013

PREVENCIÓN SOBRE LAS RIFAS DE BOMBEROS

Para conocimiento de quienes leen este blog, transcribo la circular enviada por el señor Capitán Miranda a los Cuerpos de Bomberos previniéndolos sobre las rifas que se realizan a nombre de las instituciones bomberiles. Dice así:

Ministerio del Interior
República de Colombia

Bogotá D.C., 21 Diciembre de 2012

CIRCULAR 17

PARA:
COMANDANTES CUERPOS DE BOMBEROS DE COLOMBIA

DE: CT. GERMAN ANDRES MIRANDA MONTENEGRO

ASUNTO: INFORMACION SOBRE LA PARTICIPACION EN JUEGOS DE AZAR

La presente tiene por objeto darles un cordial saludo al mismo tiempo me permito invitarlos a actuar con extrema prudencia y con total responsabilidad cuando decidan participar o llevar a cabo rifas o cualquier juego de azar, actividad que debe ser abordada con el marco legal vigente, Ley 643 de 2001, que no involucra la actividad bomberil, el Gobierno Nacional a través de la Ley 1575 de 2012, estructuró el fortalecimiento en el nivel local, regional y nacional para evitar a toda costa que la dignidad institucional de los bomberos del país se vea sobajada por actividades que pongan en riesgo el buen nombre de los Cuerpos de Bomberos.
 
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 4 parágrafo 2 de la Ley 1575 de 2012, no podrán ser utilizados logos e insignias en los bienes objeto de los juegos de azar, mucho menos la presencia de personal uniformado con identificación vigente.
 
CordiaImente,
 
 
 
CT. GERMÁN ANDRÉS MIRANDA MONTEALEGRE
 
Elaboró: Paula Corte.
Revisó: Carlos López
Aprobó: Andrés Miranda

Carrera 9 No. 14-10 Conmutador. 4443100 www.mij.qov.co
Línea Quejas y Reclamos 01 800 09 11170
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jueves, enero 17, 2013

LOS ESFUERZOS DE LA DIRECCIÓN

El Legislador Colombiano en el artículo 5º de la Ley 1575 de 2012  creó  la  Dirección Nacional  de  Bomberos,  como una "Unidad  Administrativa  Especial  del  orden nacional,  con  personería  jurídica,  adscrita  al  Ministerio  del  Interior,  con autonomía  administrativa,  financiera  y  patrimonio  propio,  cuya  sede  será  en Bogotá, D.  C."  y dispuso que sería dirigida por un oficial de la más alta graduación, quien ostentaría el grado superior de Capitán en Jefe.

Desafortunadamente esta Dirección Nacional aún no se encuentra funcionando y no puede hacerlo porque no cuenta con su Director.

No obstante lo anterior, el Ministerio del Interior para suplir esa falencia creó dentro de su estructura una unidad o división que denominó Dirección Nacional de Bomberos, que viene desarrollando una gran labor  para tratar de suplir el vacío institucional que se viene presentando. Desde la Dirección de Bomberos del Ministerio del Interior se ha coordinado de manera eficaz la labor de los diferentes organismos que han participado en la atención y control de los innumerables incendios forestales que se han presentado en lo corrido del año.

El señor Capitán Andrés Miranda, Paula y varios de los funcionarios que hicieron parte de la extinta Coordinación Nacional de Bomberos, lograron que el apoyo de helicópteros con el sistema Bambi llegara a todos los municipios donde se requerían para atacar el fuego que devastaba amplias zonas forestales.

Y no es solo la coordinación inter institucional lo que viene haciendo la Dirección. Tengo entendido que se encuentran desarrollando los Decretos que le darán vida al ente que venimos reclamando los bomberos, entre ellos el decreto de reglamentación del Fondo Nacioonal de Bomberos, el decreto que determinará la planta de personal de la Dirección, el nuevo Reglamento General de Bomberos, en fin, son muchos los actos administrativos que se requieren para que inicie la vida jurídica un nuevo organismo del orden nacional.

El problema de todo es que esa es una labor callada, que no se ve y que viene permitiendo que en los Cuerpos de Bomberos y en las delegaciones departamentales, cada persona quiera actuar de acuerdo con su propio criterio. Es así como un delegado departamental que para lo único que fue nombrado fue para ir ante la Delegación Nacional a postularse para ser elegido miembro de la Junta Nacional, se considere con derecho para solicitar estadísticas e informes a los cuerpos de bomberos de su región, función que le corresponde al Coordinador Ejecutivo de la Junta Depàrtamental.

Un grupo de instructores, ante la posibilidad de la creación de las escuelas de bomberos, acudieron a los municipios a vender cursos de bomberos que se dictaban en dos o tres días para certificar idoneidad bomberil, y en algunos casos, para crear el Cuerpo de Bomberos Voluntarios que no podrá obtener su personería jurídica, porque aún no se sabe cuales serán los estándares nacionales e internacionales que establecerá la Dirección Nacional.

Y lo mismo sucedió con los ascensos, como el caso del Capitán Valenzuela que alegremente fue ascendido al grado de Mayor. Tengo la copia del oficio que le remitió el señor Capitán Miranda advirtiendo de la ilegitimidad de su ascenso y la copia del oficio que por el mismo asunto le remitió la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos, advirtiéndole que no le reconocía su grado. 

Esos oficios son bien intencionados y si aún así, el señor Valenzuela quisiera hacer caso omiso de ellos, basta que el nuevo Director Nacional de Bomberos aplique la parte final del inciso segundo del artículo 21 de la Ley 1575 de 2012, que advierte que solo se respetarán los grados que ostenten los bomberos en el momento de la vigencia de esa ley.

Resumiendo, debemos exaltar la gran labor que se encuentran adelantando los bomberos actualmente vinculados al Ministerio del Interior en la Dirección de Bomberos, pero no debemos desfallecer en nuestro derecho a que sea nombrado en breve tiempo el Director Nacional. Ese nombramiento no ofrece mayor dificultad, perfectamente podría recaer en la persona que hasta la fecha a tratado de mantener a flote esta endeble estructura bomberil en el orden nacional y que lo ha hecho muy bien. Ya se encuentra en Bogotá, no es necesario salir a buscarlo. Creo que el Capitán Andrés Miranda sería un buen Director Nacional de Bomberos.

P.D. No se trata de ninguna adulación. Es que el señor capitán Miranda ha venido cumpliendo esas funciones en interinidad y ya es justo que lo haga de manera oficial.



viernes, enero 11, 2013

SEÑOR PRESIDENTE, COLOMBIA ESTÁ EN LLAMAS, ES HORA DE NOMBRAR EL DIRECTOR NACIONAL DE BOMBEROS


En el día de ayer un angustiado funcionario de un municipio de Boyacá me llamaba para manifestar la problemática en que se encuentra sumido su municipio a raíz de la inexistencia del Director Nacional de Bomberos.

Me manifestaba el funcionario que en su municipio se creó desde el año anterior la sobretasa para financiar el servicio público esencial de prevención y control de incendios forestales. En su municipio capacitaron un grupo de bomberos y conformaron el Cuerpo de Bomberos Voluntarios, pero la Secretaría de Gobierno de su departamento no les expide la personería jurídica, argumentando que aún no se encuentra reglamentada la Ley 1575 de 2012.

Su angustia aumenta porque ha llamado a todos los entes bomberiles que ha encontrado para pedir asesoría, pero nadie le ha podido dar la solución para obtener la personería jurídica para su Cuerpo de Bomberos Voluntarios y así poder ejecutar los dineros recaudados por sobretasa bomberil. Mientras tanto su municipio se encuentra bajo la amenaza de los incendios forestales que se están presentando en los municipios aledaños.

Señor Presidente Juan Manuel Santos, el territorio colombiano se está literalmente incendiando, es urgente que nombre al Director Nacional de Bomberos de Colombia, pues no tiene ningún sentido que el legislador cree una Dirección Nacional de Bomberos sin que se nombre su Director.

Creo que es urgente que todos los bomberos del país hagan uso de las redes sociales para recordarle al primer mandatario su deber de hacer este nombramiento.

martes, enero 08, 2013

INCENDIOS FORESTALES EN SANTANDER




Fueron varios incendios forestales que quizás tuvieron una sola fuente de inicio. En conclusión tres frentes de trabajo extensos que requirieron la intervención de centenares de voluntarios.

La conflagración se inició el domingo seis de enero de 2013, en Piedecuesta iniciamos la intervención sobre las diecisiete horas, en el municipio de Los Santos ya llevaban varias horas de operaciones y lo mismo ocurría en Motoso, una vereda del Municipio de Girón. Finalmente la montaña confluye en esos tres municipios.

El municipio de Los Santos tuvo la fortuna de que la zona afectada se encontrara relativamente deshabitada, pero igual las pérdidas fueron millonarias, en la jurisdicción de Piedecuesta el fuego consumió totalmente una vivienda y otra fue afectada parcialmente, en Girón la afectación fue sobre zonas de cultivo.

Germán Valenzuela Sánchez, periodista y escritor piedecuestano se refería así en “Piedecuesta Periódico”:
“… y se alcanzaban a ver colinas prendidas, por los múltiples inconvenientes que se presentan, uno de esos, la lejanía y las dificultades del terreno para controlar las llamas que ayudadas por las corrientes del aire hacen imposible la labor de las efectivas unidades de apoyo de los bomberos de Floridablanca y Piedecuesta, para frenar los lengüetazos de fuego que se veían salir en cada loma por donde iba pasando y por donde la candela dominaba los altos riscos a pesar de las brigadas de voluntarios moviéndose en carros, motos, semovientes y bicicletas buscando la forma de apagar el fuego.

Los finqueros unidos en un haz de voluntades, incluyendo la Defensa Civil, la Policía Nacional, corrían de un lugar a otro, con aparceros, obreros y voluntarios buscando salvar sus pertenencias que ponían su grano de arena en ésta nueva conflagración tan fuerte que viene provocando el verano, y que al decir de algunos localistas se originó desde la cárcel de Palogordo mientras que otros aseguran que su inicio arrancó en las veredas de Pajonal y Monterredondo de Piedecuesta.
Fuera lo uno o lo otro lo único cierto de ésta tragedia de incendios en Colombia debido a la fuerte sequía, es que es muy duro ver a una familia campesina vivir en una parcela y de un momento a otro por culpa de la naturaleza de la noche a la mañana quedar sin nada. Era muy triste ver que ellos, los moradores no pudieran hacer absolutamente nada para evitarlo, así, lo pudimos observar, unas humildes familias veían arder su nevera, su cocineta, su alcoba, su comedor, y desaparecer en segundos y quedar reducida en cenizas su vivienda, y demás enseres sin poder hacer nada, porque por allí hasta el agua escasea, siendo la Navarra y Mesitas de San Javier las veredas que más vegetación presentan comparadas con las de Chicamocha, El tabacal, La Esperanza entre otras.
Hasta el momento van arrasadas 300 hectáreas donde habían sembrados de frutales y hortalizas provocando pérdidas millonarias. Una cosa es contar y la otra ver las tragedias que el mundo entrega a sus habitantes tanto del casco urbano como rural.”
La atención de estos tres incendios forestales requirió la intervención de varios centenares de hombres, fueron muchas las entidades que hicieron su aporte, Policía Nacional, Ejercito de Colombia, Defensa Civil y obviamente nuestros bomberos colombianos que con herramientas manuales enfrentaban el fuego incontrolable, Bomberos Voluntarios de Floridablanca, Piedecuesta y Los Santos y los bomberos oficiales de Bucaramanga, hombro a hombro, combatían el incendio pero los efectos de una labor prolongada por más de veinticuatros horas empezaban a sentirse.


El Teniente Eduardo Pacheco con sus Bomberos Voluntarios de Floridablanca distribuía su apoyo a los Municipios de Los Santos y Piedecuesta que finalmente contó, de manera adicional, con la oportuna llegada del Subteniente HECTOR YESID PARRA MANTILLA, comandante del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del municipio de Páramo, quien en compañía de diez (10) de sus voluntarios cruzó el Cañón del Chicamocha en una travesía de más de tres horas, para apoyar a los extenuados Bomberos Voluntarios de Piedecuesta. Su intervención fue definitiva, entraron a las seis de la tarde del lunes 7 de enero a la Vereda Monterredondo, foco donde el fuego se manifestaba más persistente y con el suministro de agua de un camión cisterna del Cuerpo de Bomberos Oficial de Bucaramanga, lograron la extinción total del fuego a las 12:00 horas. Continuaba la conflagración en Girón y Los Santos.


En el entretanto, desde Bogotá, los señores Capitán Andrés Miranda Montenegro y Teniente Edwin Gonzales Malagón, desde el Ministerio del Interior, adelantaban los engorrosos trámites que había que adelantar para que un helicóptero acudiera a apoyar el control del fuego en esos sitios inaccesibles para los bomberos. Hoy martes 8 de enero de 2013 el helicóptero adaptado con su equipo “bambi” sobrevolaba la zona del incendio. El fuego aún no se ha controlado en Motoso – Girón, pero el Capitán Miranda nos confirmó que la aeronave permanecerá en la zona hasta que el fuego sea totalmente controlado.






Sea esta la ocasión para exaltar la labor de los diferentes oficiales que han tenido que ver con la atención de esta gran emergencia. Señores y señora comandantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios de las zonas afectadas, el Comandante de Páramo, el Capitán Miranda y Teniente González Malagón, su aporte fue muy importante para devolverle la tranquilidad a la ciudadanía. Y un aplauso enorme a todos los voluntarios que dejaron su sudor y su aliento en la zona. Los habitantes de Motoso - Girón, La Navarra y Monterredondo -Piedecuesta y Los Santos, los recordaran con aprecio.

miércoles, diciembre 26, 2012

ELECCIÓN DE COORDINADOR DEPARTAMENTAL EN SANTANDER


Los Cuerpos de Bomberos del Departamento de Santander fueron convocados para presentar su candidato a ocupar el cargo de Coordinador Departamental de Bomberos, en un término que vence el 28 de Diciembre de 2012.

Ojala en esta ocasión los funcionarios públicos se decidan a cumplir en debida forma la Ley y la normatividad. En el mes anterior se eligieron los tres bomberos integrantes de la Junta Departamental de Bomberos de Santander, en un acto precipitado y lleno de vicios porque se permitió votar e incluso ser elegidos, a comandantes que aún no habían actualizado su dignidad ante la Secretaría del Interior del Departamento.

Toda esa clase de irregularidades fueron las que llevaron al Legislador a reducir la participación de los bomberos en las Delegaciones Departamentales, en vigencia de la Ley 322 de 1996 la participación de los bomberos era de siete (7) entre ocho (8), es decir el 87,5% de poder decisorio, pero en vigencia de la nueva Ley General de Bomberos es solo de tres (3) entre ocho (8), o sea escasamente el 37,5%.

Los bomberos ni siquiera se dieron cuenta de ese trato discriminatorio del Legislador, pero en fin, para qué una participación plena de los bomberos en las Juntas Departamentales, si los Bomberos no tuvieron la capacidad y la altura para tomar sus propias decisiones. En Santander, existiendo médicos, ingenieros, abogados y licenciados entre sus comandantes, en la última reunión de la Delegación Departamental los tres delegados elegidos escasamente tienen el bachillerato, y eso no estoy seguro de que los tres sean bachilleres.

Así las cosas, el Legislador no tuvo otro camino que reducir la participación de los bomberos en las Juntas Departamentales de Bomberos, decisión que aunque parezca irrazonable, era necesario para que estos entes departamentales, que deben ser los asesores de cada Gobernador, puedan cumplir cabalmente su cometido.

Cuando los funcionarios públicos son laxos en la exigencia del cumplimiento de la Ley, dejan latente la posibilidad de verse obligados a repetir sus actuaciones bajo una orden coactiva, para que las normas y los procedimientos se cumplan. Cuando eso sucede, de inmediato se acusa al demandante de no dejar trabajar. Iguales comentarios se oyen en las Salas de Audiencias de manera frecuente, cuando la mejor forma de poder trabajar es hacerlo dentro del marco estricto de la Ley.


lunes, diciembre 10, 2012

EXCELENTE AÑO- FELICITACIONES BOMBEROS PIEDECUESTA

















Felicitaciones al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Piedecuesta en su décimo  octavo aniversario. Si bien mis ocupaciones me impidieron estar presente en la ceremonia, mi corazón siempre estuvo allí. Y como siempre, la felicidad de unos es la tristeza de otros, pero el ente bomberil que desaparece nunca debió existir, fue producto de venganzas, rencor, envidia y eso le marcaba su efímera existencia.

domingo, diciembre 02, 2012

LA FERIA DE ASCENSOS


He venido comentando sobre la interinidad  normativa que se produjo para los bomberos de Colombia el 22 de Agosto de 2012 y todos los efectos que se generaron con la expedición de la Ley 1575 de 2012 y la derogatoria de la Ley 322 de 1996 y sus decretos reglamentarios.

Ese vacío legal remite a los Cuerpos de Bomberos a sus propios estatutos y en muchos de ellos se encuentran reglamentados los ascensos, de tal manera que –EN TEORÍA- cada entidad bomberil podría otorgar los ascensos a sus unidades en la forma que lo hubiere establecido. Resalto que en teoría, porque en el inciso segundo del artículo 21 de la Ley 1575 de 2012 quedó escrito que “en todo caso se respetarán los grados, la idoneidad bomberil, las condecoraciones y distinciones que a la fecha tengan los miembros de los cuerpos de bomberos” y cuál es esa fecha? Pues la del 21 de agosto de 2012, fecha de expedición de la Ley.

Indica lo anterior que la feria de ascensos que se están realizando después del 21 de agosto de 2012, de acuerdo con la literalidad de la Ley, no va a surtir ningún efecto, porque es claro que los únicos grados e idoneidad bomberil que puede reconocer la Dirección Nacional de Bomberos son los reconocidos antes del 22 de agosto de 2012.

Así que todos esos grados de Capitán y de oficiales que se están otorgando a diestra y siniestra en algunos departamentos no pueden llegar a tener ningún valor, porque el legislador previó que esta situación podía ocurrir y le puso su cortapisa. Lo mismo se puede aplicar a la capacitación.

Cando se expidió la Ley 322 de 1996, fuimos convocados los Comandantes de los Cuerpos de Bomberos a la ciudad de Pereira durante tres (3) días a un taller para su reglamentación y de allí salió la resolución 1611. Cuando nos despedíamos los asistentes, un comandante amigo me insinuó que en cuanto llegara a Piedecuesta convocara al Consejo de Oficiales para que me ascendiera a Capitán, porque una vez se firmara la reglamentación me sería más difícil el ascenso.

 No le hice caso, nunca me han gustado los atajos o las cosas fáciles y fue así como esperé a que se expidiera la Resolución 1611, completé los requisitos que me hacían falta y me convertí en el primer Capitán ascendido con aval de la Junta Nacional de Bomberos de Colombia. Ese aval para el ascenso a Capitán se concedió y aparece registrado en el Acta 003 de la Junta Nacional de Bomberos de Colombia.

A la fecha, en muchos Cuerpos de Bomberos están aprovechando la derogatoria de la Resolución 3580 de 2007 para ascender a Capitanes a varios Tenientes. Ha sucedido en Antioquia, Cundinamarca y otros departamentos, pero esos ascensos no tienen ninguna validez. En la práctica, así no aparezca escrito en ninguna parte, debe entenderse que de manera tácita la Ley 1575 de 2012 suspendió los ascensos de los Bomberos colombianos hasta que se expida la nueva reglamentación, porque solo se reconocerán los grados conferidos con anterioridad a la expedición de la nueva Ley General de Bomberos de Colombia.
Sé que mi apreciación no va a ser bien recibida por aquellos Capitanes recién ascendidos, pero que le vamos a hacer. Considero que eso es lo que dice la Ley  y a ello me atengo salvo que exista mejor criterio.

De otra parte, aprovechando que existe una nueva ley y se crea una nueva Dirección Nacional de Bomberos, considero que sería bueno revaluar la jerarquía bomberil otorgada mediante rangos militares o de policía. En estas dos instituciones del orden nacional no solo es bien visto sino que es necesario. Son fuerzas de miles de hombres que requieren de estos rangos para la correcta administración y control de personal.

Es así como se parte de una escuadra conformada por 7 o 10 soldados o policías y para tener su control, esa escuadra cuenta con un cabo, cuatro escuadras con sus cuatro cabos conforman una sección o una compañía y a esta compañía o sección se le asigna un sargento. Varias compañías, esto es, más de cuarenta hombres, ocho cabos y algunos sargentos conforman otra unidad que podrá ser comandada por un oficial, llámese subteniente o teniente. De esta forma se llegará a un batallón y a la necesidad de que existan los Capitanes, Mayores y demás oficiales superiores y luego oficiales Generales.

Pero resulta que los Cuerpos de Bomberos son unidades locales, conformadas en su gran mayoría por un máximo de cuarenta hombres, por no mencionar aquellas unidades que sus integrantes no superan el número de 10.

Si se partiera de la lógica de los rangos militares, un Cuerpo de Bomberos integrado por 10 unidades no ameritaría tener tenientes ni capitanes. Con un cabo bastaría. Pero esto haría que ese comandante fuera discriminado por los comandantes de los Cuerpos de Bomberos demayor número de unidades, que podrían tener los grados de sargentos, tenientes y capitanes.

Para superar esta situación, yo considero que en los Cuerpos de Bomberos solo deberían existir los rangos de Comandante, Subcomandante, jefe de tripulación o el nombre que se le quiera asignar y de allí en adelante se asignen reconocimientos por idoneidad bomberil, de tal manera que exista el técnico jefe, el técnico, o denominaciones de esa índole, que le permitan al bombero en una emergencia reconocer a quien se encuentra en mejor capacidad de asumir el control de la operación.

Es que quienes en alguna ocasión hicimos parte de alguna fuerza del orden nacional, no logramos entender que exista un Cuerpo de Bomberos integrado por nueve (9) capitanes, una (1) sargento y cuatro (4) bomberos. Una entidad de esta naturaleza, integrada por 14 unidades, como tuve oportunidad de conocer, se vería mejor con un comandante, el subcomandante, el jefe de operaciones y sus bomberos. Esa necedad en querer imitar los rangos militares ocasionó que en municipios en donde el Comandante de la Policía era un subteniente o un Teniente, el Comandante de Bomberos fuera un Mayor e incluso hasta un Teniente Coronel, obligando a que en las actividades del municipio se prescindiera de la presencia del comandante de bomberos, para evitarle situaciones incómodas al comandante de la policía. Eso fue lo que ocasionó que en los municipios se mantenga alejado al comandante de bomberos del ceremonial municipal.

Y pensar que esta situación se vino a arreglar un poco porque desde la Resolución 1611 dijimos que el máximo grado de los bomberos sería el de Capitán, y si no, quien sabe cuántos "generales de tres mangueras"  existirían en la actualidad.

miércoles, noviembre 28, 2012

Cavilaciones sobre la nueva reglamentación


En alguna ocasión un amigo me argumentaba sobre la necesidad de informar todas las acciones que se toman respecto de una comunidad y para enfatizar su dicho, me decía que una tortuga pone centenares de huevos en una sola postura, pero los entierra, los cubre de arena para que nadie sepa de ellos y la tortuga se encuentra en vía de extinción, en cambio la gallina solo pone un huevito en cada postura y lo cacarea por un buen rato.

El comentario viene al caso porque no sabemos que está ocurriendo en el Ministerio del Interior con respecto de la nueva Dirección Nacional de Bomberos, puede que estén haciendo mucho como la abundante postura de huevos de una tortuga, pero ha fallado su divulgación.

Faltan menos de tres meses para que venza el término dentro del cual se le concedieron facultades al señor Presidente de la República para reglamentar la Ley 1575 de 2012 y no se ha dado a conocer la posible reglamentación, generando incertidumbre y el temor de que salga una reglamentación del mismo corte de la contenida en la Resolución 3580 de 2007, que dejó de lado el interés general y el interés de los bomberos de Colombia, para favorecer la venta de determinados equipos contra- incendio.

Si bien la Ley 1575 de 2012 dispuso que la carnetización e identificación de los bomberos estará a cargo de la Dirección Nacional de Bomberos de Colombia, subsiste el riesgo que se termine delegando esta función en la Confederación Nacional de Bomberos como ocurrió al reglamentarse la Ley 322 de 1996. Yo hacía parte de la Junta Nacional de Bomberos cuando se propuso la expedición de un carnet nacional de identificación bomberil.

Seguidamente se encontró que el presupuesto de la Junta Nacional de Bomberos no era suficiente para carnetizar, se alegaron algunas dificultades operativas y se concluyó que lo más razonable era que la Junta Nacional de Bomberos contratara con la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos la carnetización y así quedó redactado en la Resolución 241. Esta contratación se hubiera podido hacer con cualquier empresa dedicada al oficio de carnetizar, pero sin embargo, los integrantes de esa Junta decidimos darle una mano a la Confederación.

Con el tiempo, ese contrato para carnetizar se dejó de lado y mediante la Resolución 3580/07 se trasladó en su totalidad esa responsabilidad a la Confederación, que de la noche a la mañana pasó a definir quién era o no era bombero en Colombia. Esto no hubiera sido negativo si la Confederación se hubiera mantenido lejos del negocio de ensamblar y vender camiones de bomberos, pues al hacerlo, los carnés se convirtieron en un gancho comercial para su venta. Comprar un camión garantizaba la despejada expedición de este documento de identificación bomberil con ascensos incluidos.

Otro error de la Resolución 3580 de 2007 fue la modificación de la Junta Directiva de las Delegaciones Departamentales de Bomberos. Mientras la Ley 322 de 1996 dispuso que esa junta estuviera integrada por ocho personas, el gobernador y siete comandantes; por vía de resolución se modificó la Ley y se dispuso que la Junta Directiva elegiría un noveno miembro con voz y voto. Insisto, mediante una resolución de una Junta Nacional de Bomberos se modificó una Ley de la República.

Al reglamentar la carrera bomberil, en la 3580 de 2007 se dispuso que para ascender a los grados de sub teniente y de teniente se requería concepto favorable de la Delegación Departamental de Bomberos y para ascender a Capitán el concepto favorable lo expedía la Junta Nacional de Bomberos, pero esta disposición se tergiversó y se terminó concediendo esa facultad a la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos, bajo el pobre argumento de que esta era la entidad que poseía las hojas de vida de todos los bomberos. De esa forma quien no fuera bien visto desde la casa rivera estaba vetado para ascender.

Sobre la capacitación de los bomberos también fueron muchos los yerros. En el parágrafo 2 del Artículo 35 de la Resolución 3580/07 se dispuso que la legalidad de la capacitación la certificaba el coordinador de cada una de las Escuelas de Formación Bomberil reconocidas por el Sistema Nacional de Bomberos, pero esto nunca se cumplió. Nunca se certificó una escuela de bomberos, no porque no existieran, sino porque era mejor negocio avalar instructores y cursos. En la práctica era el Coordinador Nacional de Bomberos quien avalaba la capacitación que se dictaba en cualquier salón comunal, llegando incluso a avalarse cursos desescolarizados de bomberos.

Con el perdón de quienes hoy se están lucrando con la venta de las fotocopias que en últimas constituyen los tales cursos desescolarizados, eso es igual a un curso de natación por correspondencia. Observen que en Colombia son muchas las universidades que pueden ofrecer carreras de derecho, de licenciaturas, economía, contaduría y otras similares, pero muy pocas las que pueden ofrecer carreras de ingeniería. Por qué razón? Porque para las primeras solo se necesita un aula, sillas y tablero  y para las ingenierías se requieren laboratorios y no todos pueden implementarlos.

Con la capacitación bomberil ocurre lo mismo. No es lo mismo que el bombero lea y aprenda de memoria los contenidos del curso y vea diez veces la película “marea de fuego” a que tenga que ingresar al lugar del incendio y sienta en su cara que ocurre cuando no ajustó debidamente la máscara de su equipo de aire a su rostro, o como sube la temperatura a su alrededor… cosas así solo se sienten en el incendio verdadero o al menos en un simulador de incendios.

Sería bueno saber cuántos bomberos con certificados de Bombero Uno Y Bombero Dos han estado en un simulador, cuantos han estado en una casa de humos, entendida como tal aquella construcción realizada para simular incendios.

Creo que en vigencia de la Ley 322 se expidió por lo menos un millar de certificados de bombero uno y bombero dos a una cantidad de personas que con ese documento se consideran idóneos para ser bomberos, pero en cuantos de ellos su máxima experiencia ha sido apagar tres galones de gasolina encendidos dentro de una caneca metálica partida por la mitad. Y pensar que algunos de esos “bomberos” me hicieron mofa cuando publiqué que había estado en prácticas en el simulador que Almacenes Éxito tiene en Envigado - Antioquia.

Yo solo he podido hacer ese tipo de prácticas en la casa de humos del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cali, en la del Cuerpo de Bomberos de Bogotá y en la del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Piedecuesta. ¿Cuántos Cuerpos de Bomberos tienen casa de humos o simuladores en Colombia?

Quienes se encuentren redactando la reglamentación de la Ley 1557 de 2012 debería tener en cuenta este comentario para que la capacitación no siga siendo el valor agregado en la venta de algunos camiones de bomberos, que fue el criterio que se impuso para no cumplir con las escuelas de formación bomberil que se habían contemplado en la resolución 3580/07.

 

Más sobre la elección en Antioquia


Antioquia. Noviembre de 2012

 

Respetados:

Amigos comandantes de los Cuerpos de Bomberos del departamento de Antioquia,

Respetado

Director de Apoyo Institucional,

Respetados Amigos de la CNCB de Colombia,

 

 

Con el respeto que se merecen y que nos merecemos los bomberos de Colombia

 

no entiendo el motivo por qué si ya se derogó la ley 322 de 1996 de la cual se generaron las resoluciones 1611 del año 1998, la resolución 241 del año 2001 y la 3580 del año 2007, y que según la resolución 241 fue donde se consignó la Creación del cargo de Inspector de bomberos a nivel departamental y que la resolución 3580 recogen los aspectos de esa resolución pasada 241, en donde se continua con el cargo de inspector y que en el departamento de Antioquia se desempeñaba en el cargo el señor RENÉ BOLIVAR M. por qué aun se continua con ese cargo si se debió suprimir y esperar los avances de la ley y si la nueva reglamentación trae ese cargo entonces se concurse para el efecto, no entendemos como una persona de estas características viene haciendo proselitismo en torno a elección de la nueva junta que se nombrará próximamente en donde el (RENÉ BOLIVAR) solicita que se vote por el nombre de alguno de sus tres candidatos los señores OSCAR DE JESUS SEPULVEDA, EL SEÑOR MANUEL VELASQUEZ JULIO O POR EL SEÑOR MIGUEL ANGEL ZULETA, entonces no entendemos donde esta la democracia de los Bomberos del departamento y no entendemos cuales son las razones para que una persona que ya no tiene vigencia y que no se puede permitir en las próximas elecciones de la Junta Departamental, ingrese a la sala donde se llevará a cabo la elección porque él no es comandante y allí deben estar única y exclusivamente los Comandantes- Representantes Legales de los cuerpos de Bomberos del Departamento.

Solicitamos los bomberos de Antioquia Claridad en el proceso y solicitamos el respeto por nuestras inclinaciones y solicitamos la exclusión del cargo de esta persona ya que no hay fundamentos jurídicos que le permitan desempeñarse en un cargo que ya no existe (Supervisor Departamental de Bomberos), es muy claro que la normatividad no la conocen los secretarios de Gobierno que llegan pero hay que ser honrado consigo mismo  haber puesto de manifiesto esta situación el 22 de agosto de 2012.

 

Con admiración y  respeto

Bomberilmente

 

PANCHITO CASTRO

Bombero de Antioquia
 
 
 
En Santander ese "proselitismo en torno a elección de la nueva junta" se hizo por parte dela "casa rivera".
 

martes, noviembre 27, 2012

Elección de Delegados en Antioquia





Me llama la atención  el último párrafo de la convocatoria. En Santander, los señores Comandantes acordaron que para ser parte activa de la Junta Directiva y elegir y ser elegido, no era necesario  estar debidamente registrados como Comandantes ante la Secretaría de Gobierno Departamental. ¿ingenuidad? ¿osadía? ¿La unanimidad es válida para incumplir la Ley?